III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-4004)
Resolución de 7 de marzo de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Valle Solar de 300 MW en Jarafuel, Zarra y Ayora (Valencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 30781

oportunas para que su hábitat no sea afectado durante las obras ni durante la
explotación.
b2. Flora, vegetación, fauna, biodiversidad. Respecto a la flora, en la evaluación
ambiental se han detectado especies potencialmente presentes incluidas en el Catálogo
Valenciano de especies de flora amenazada como Centaurea resupinata subsp.
resupinata (vulnerable) y Frangula alnus y varias especies catalogadas como vigiladas,
pero se descarta la afección a ninguna de ellas.
Las aves son el grupo faunístico que experimentará mayor impacto, principalmente
por riesgo de colisión y electrocución y por pérdida y degradación de su hábitat. El total
de especies observadas en las jornadas de campo en la zona de emplazamiento de la
PFV y su área de influencia asciende a 66. En cuanto al grado de protección de las
especies observadas, el milano real se encuentra catalogado como «en Peligro de
Extinción» en el CNEA y otras 45 especies se encuentran en el LESPRE, a las que han
de unirse las especies del Catálogo Valenciano: arrendajo (Garrulus glandarius),
escribano triguero (Emberiza calandra) y alondra común (Alauda arvensis). Además, 12
se incluyen en el Anexo I de la Directiva europea.
Debido a los impactos sobre dos áreas de campeo, que se corresponden con sendas
parejas de águila perdicera (una en Jalance y otra en Teresa de Cofrentes), se recalcula
el área de afección del proyecto, con unas superficies de 6.900 ha para la pareja de
Jalance y 19.910 ha para la de Teresa de Cofrentes, lo que supone un 0,3 % de afección
sobre las mismas.
Finalmente se propone la adquisición de parcelas alrededor o próximas a la zona de
emplazamiento de las instalaciones que correspondan, al menos, un 15% de la
extensión de las de implantación del proyecto, con el objetivo de crear un área de
reserva para las aves, que albergue zonas aptas para áreas de campeo y alimentación, y
constituya un hábitat óptimo para su adecuada conservación, protección, y desarrollo de
sus poblaciones
También se tienen en cuenta las afecciones sobre las aves esteparias proponiéndose
la adopción de medidas de gestión agroambiental en el ámbito de las parcelas
destinadas a la compensación, que consisten en la mejora de hábitats para las aves de
los cultivos de secano, mediante acuerdos con agricultores locales para el cambio de las
prácticas culturales, o bien en la compra o arrendamiento de parcelas para realizar en
ellas siembras gestionadas o bien el mantenimiento/transformación de barbechos,
medidas que pueden favorecer tanto a las aves vinculadas al secano tradicional, como a
las rapaces que se alimentan de especies-presa que habitan o se alimentan en estos
medios
Respecto a las paseriformes el promotor propone que en los puntos de escucha en
los que se han detectado un mayor número de paseriformes, se realicen instalaciones
con las tecnologías que ocupen la mínima superficie y que permitan el vuelo bajo de
esos grupos, procurando que no quede el suelo desnudo y permitiendo la presencia de
vegetación que sirva de fuente de alimentación
Los impactos evaluados sobre la avifauna y sus hábitats exigen medidas de
mitigación específicas recogidas en esta resolución.
Respecto de otros grupos faunísticos, se identifican potencialmente dos especies de
quirópteros en el inventario de la zona de estudio: murciélago ratonero pardo (Myotis
emarginatus) y murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum). No se
aprecian impactos significativos.
Lo mismo ocurre con mamíferos y herpetofauna, respecto de los cuales los
principales impactos se producirán durante la fase de ejecución de las obras, para lo que
se contemplan medidas de mitigación. En el caso del topillo de Cabrera, se prevé una
prospección antes de iniciar las labores de la fase operacional, para identificar posibles
colonias y evitar, si se encontraran, posibles daños a éstas. Se procedería a informar a
las autoridades competentes de la presencia de esta especie.
Asimismo, se prevén medidas para mitigar la fragmentación del territorio.

cve: BOE-A-2022-4004
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Núm. 62