III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-3996)
Resolución de 18 de enero de 2022, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se publica el Convenio con la Fundación Universidad Carlos III, las Entidades Públicas Empresariales Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y ADIF-Alta Velocidad, con Ingeniería y Economía del Transporte, S.M.E., M.E., SA, y Renfe-Operadora, para impulsar el desarrollo del programa formativo de "Especialista en Seguridad Operacional Ferroviaria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 30734

Décima. Notificaciones y comunicaciones.
En el plazo de diez días desde que el convenio resulte eficaz, las partes designaran
la persona de contacto y la dirección a efecto de notificaciones y comunicaciones
(preferentemente de forma electrónica) en relación con el presente Convenio.
Las notificaciones y comunicaciones entre las partes deberán realizarse por cualquier
medio que permita acreditar la fecha de su emisión y recepción, y el contenido de las
mismas, y se dirigirán a las personas de contacto y direcciones anteriormente referidas.
Si se produce un cambio de las personas de contacto o direcciones de las partes, el
mismo deberá ser comunicado por escrito a las otras partes indicando la nueva dirección
o persona de contacto y la fecha a partir de la cual dicho cambio será efectivo.
Undécima.

Régimen jurídico y jurisdicción.

El presente Convenio tiene carácter administrativo, resultándole de aplicación, en
todo lo no previsto en el mismo, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su normativa de desarrollo.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la interpretación, el
desarrollo, la modificación, la ejecución y la resolución del presente Convenio se tratarán
en primer lugar entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento, y si no
llegasen a un acuerdo, dichas cuestiones se someterán a los órganos del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la
Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En prueba de conformidad con el contenido de este convenio, lo firman por
sextuplicado en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Fundación
Universidad Carlos III, Ignacio Sesma Sánchez.–Por el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF) y por ADIF-Alta Velocidad, María Luisa Domínguez González.–Por la
Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, Sergio Vázquez Torrón.–Por Ingeniería y
Economía del Transporte, S.M.E., M.P., S.A., Carmen Librero Pintado.–Por RENFEOperadora, Isaías Táboas Suárez.
ANEXO 1 AL CONVENIO ENTRE LA FUNDACIÓN UNIVERSIDAD CARLOS III Y ADIF,
ADIF-ALTA VELOCIDAD, AESF, INECO, Y RENFE OPERADORA, PARA IMPULSAR
EL DESARROLLO DEL PROGRAMA FORMATIVO DE «ESPECIALISTA
EN SEGURIDAD OPERACIONAL FERROVIARIA»
A)

Contenido del programa.

El programa se conforma mediante los módulos definidos a continuación:
1.

El sistema ferroviario.

2.

Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional.

a. El enfoque sistémico de la seguridad operacional: contenidos y requisitos de los
SGS.
b. Objetivos y políticas.
c. Gestión de riesgos.
d. Control y supervisión durante el ciclo de vida.
e. Planes de contingencia y continuidad del servicio.
f. Ciber-seguridad en los sistemas ferroviarios.

cve: BOE-A-2022-3996
Verificable en https://www.boe.es

a. Componentes del SF.
b. Operación y mantenimiento del SF.
c. La organización y los profesionales del ferrocarril.
d. Conceptos básicos de interoperabilidad.
e. La Seguridad Operacional ferroviaria.