III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-3998)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Oropesa del Mar, sobre el uso ciudadano de determinados espacios portuarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30753
Las superficies se identifican en el plano que se adjunta al presente documento,
como parte integrante del mismo como anexo I.
Segunda.
Se destinarán exclusivamente a actividades de cultura, ocio o tiempo libre, de
acuerdo con el planeamiento portuario, quedando prohibida su utilización para usos
distintos conservando, en todo caso, su condición de bienes de dominio público portuario
estatal. El destino de las superficies e instalaciones objeto del convenio tendrá la
consideración de uso público y gratuito, a efectos tributarios, sin perjuicio de lo que
proceda respecto de las superficies e instalaciones que se utilicen en régimen
concesional.
Tercera.
El presente convenio no supone cesión alguna de la titularidad de la superficie que
constituye su ámbito territorial, que mantiene su condición de dominio público portuario
en toda su extensión. Es por ello que cualquier actividad a realizar en la zona objeto de
este convenio deberá contar con la preceptiva autorización previa o correspondiente
título de ocupación de la Autoridad Portuaria, en los términos y con los requisitos
establecidos en la legislación portuaria vigente.
El presente convenio no comportará la percepción por la APC de ninguna tasa o
contraprestación, pero supondrá la asunción por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar de
las obligaciones descritas en la cláusula siguiente, excepto respecto de aquellas
autorizaciones o concesiones otorgadas por la APC que sean utilizadas por sus titulares.
Cuarta.
En relación con la superficie de dominio público portuario abierta al uso público
según plano adjunto, por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar se asumen las siguientes
obligaciones:
• Conservar en condiciones adecuadas para servir al uso al que se destinan las
superficies descritas en plano anexo, efectuando las inspecciones regulares y las
reparaciones necesarias, prestando o contratando los servicios precisos y verificando la
reposición de bienes, materiales, infraestructuras o instalaciones que sean pertinentes.
En particular, asumirá las tareas de limpieza en las superficies e instalaciones,
incluyendo el vaciado de papeleras y la recogida de todo tipo de residuos urbanos, con
cargo a sus propios medios.
• El mantenimiento y cuidado de los jardines y demás zonas verdes ubicadas en las
superficies destinadas a uso ciudadano, incluyendo la pertinente reposición de árboles o
plantas.
• Los gastos de las acometidas y suministros de agua y de electricidad a las
superficies e instalaciones o de cualesquiera otros servicios necesarios para el desarrollo
de las actividades que allí se desarrollen. Se autoriza la instalación de un contador de luz
necesario, cuyo coste será asumido por el ayuntamiento.
• Por estar destinadas las superficies a usos no portuarios, la vigilancia ordinaria y la
protección de la seguridad de las personas e integridad de los bienes en aquéllas
cve: BOE-A-2022-3998
Verificable en https://www.boe.es
– El Ayuntamiento de Oropesa del Mar asume a su costa y bajo su responsabilidad
la conservación, la inspección, la reparación y la reposición de la totalidad de los
elementos, infraestructuras, superficies, obras e instalaciones que integran la superficie
objeto del convenio, con la finalidad de mantenerlos en perfecto estado de uso.
– El Ayuntamiento de Oropesa del Mar asume a su costa y bajo su responsabilidad
el mantenimiento completo de dicha zona con objeto de su conservación en un estado
adecuado para el uso ciudadano, y con especial referencia a las labores de limpieza de
la misma y conservación del equipamiento que se instale, y en particular:
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30753
Las superficies se identifican en el plano que se adjunta al presente documento,
como parte integrante del mismo como anexo I.
Segunda.
Se destinarán exclusivamente a actividades de cultura, ocio o tiempo libre, de
acuerdo con el planeamiento portuario, quedando prohibida su utilización para usos
distintos conservando, en todo caso, su condición de bienes de dominio público portuario
estatal. El destino de las superficies e instalaciones objeto del convenio tendrá la
consideración de uso público y gratuito, a efectos tributarios, sin perjuicio de lo que
proceda respecto de las superficies e instalaciones que se utilicen en régimen
concesional.
Tercera.
El presente convenio no supone cesión alguna de la titularidad de la superficie que
constituye su ámbito territorial, que mantiene su condición de dominio público portuario
en toda su extensión. Es por ello que cualquier actividad a realizar en la zona objeto de
este convenio deberá contar con la preceptiva autorización previa o correspondiente
título de ocupación de la Autoridad Portuaria, en los términos y con los requisitos
establecidos en la legislación portuaria vigente.
El presente convenio no comportará la percepción por la APC de ninguna tasa o
contraprestación, pero supondrá la asunción por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar de
las obligaciones descritas en la cláusula siguiente, excepto respecto de aquellas
autorizaciones o concesiones otorgadas por la APC que sean utilizadas por sus titulares.
Cuarta.
En relación con la superficie de dominio público portuario abierta al uso público
según plano adjunto, por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar se asumen las siguientes
obligaciones:
• Conservar en condiciones adecuadas para servir al uso al que se destinan las
superficies descritas en plano anexo, efectuando las inspecciones regulares y las
reparaciones necesarias, prestando o contratando los servicios precisos y verificando la
reposición de bienes, materiales, infraestructuras o instalaciones que sean pertinentes.
En particular, asumirá las tareas de limpieza en las superficies e instalaciones,
incluyendo el vaciado de papeleras y la recogida de todo tipo de residuos urbanos, con
cargo a sus propios medios.
• El mantenimiento y cuidado de los jardines y demás zonas verdes ubicadas en las
superficies destinadas a uso ciudadano, incluyendo la pertinente reposición de árboles o
plantas.
• Los gastos de las acometidas y suministros de agua y de electricidad a las
superficies e instalaciones o de cualesquiera otros servicios necesarios para el desarrollo
de las actividades que allí se desarrollen. Se autoriza la instalación de un contador de luz
necesario, cuyo coste será asumido por el ayuntamiento.
• Por estar destinadas las superficies a usos no portuarios, la vigilancia ordinaria y la
protección de la seguridad de las personas e integridad de los bienes en aquéllas
cve: BOE-A-2022-3998
Verificable en https://www.boe.es
– El Ayuntamiento de Oropesa del Mar asume a su costa y bajo su responsabilidad
la conservación, la inspección, la reparación y la reposición de la totalidad de los
elementos, infraestructuras, superficies, obras e instalaciones que integran la superficie
objeto del convenio, con la finalidad de mantenerlos en perfecto estado de uso.
– El Ayuntamiento de Oropesa del Mar asume a su costa y bajo su responsabilidad
el mantenimiento completo de dicha zona con objeto de su conservación en un estado
adecuado para el uso ciudadano, y con especial referencia a las labores de limpieza de
la misma y conservación del equipamiento que se instale, y en particular: