III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-3584)
Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Aeródromo de La Lera (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 27103

El documento ambiental identifica la cercanía de la ZEC e incluye una ficha con sus
características más importantes. No prevé, sin embargo, que haya afecciones relevantes
directas ni indirectas sobre la ZEC, pues no destaca entre sus valores la presencia de aves, el
grupo faunístico que más impactos puede sufrir por la construcción de un aeródromo.
El documento ambiental incluye un anexo III, denominado «Documento Técnico del
espacio acuático continental Natura 2000 - Río Pas», mera exposición de sus valores, si bien,
no analiza su relación con el aeródromo ni las repercusiones que la actuación pueda tener
sobre el espacio. Este órgano ambiental considera insuficiente el contenido de este apartado.
Agua. El documento ambiental señala que el emplazamiento pertenece a la cuenca
hidrográfica del Cantábrico y destaca que, a unos 30 m de las actuaciones, se encuentra
el río Pas, además de otros cauces de menor entidad. Afirma, no obstante, que se
respetarán las zonas de policía y de servidumbre.
El anexo I incluye un estudio hidrológico, que calcula que el terreno objeto de estudio
no se encuentra en zona inundable para periodos de retorno de 10 y 100 años, pero si
para el periodo de retorno de 500 años. No obstante, el estudio concluye que la
actuación es acorde a la normativa.
Las posibles afecciones identificadas por el documento ambiental sobre las aguas se
deberán a vertidos accidentales procedentes de la maquinaria de obra y a una posible
insuficiencia en el tratamiento de aguas sanitarias. Se podrían contaminar los flujos
superficiales y los encharcamientos que pudiera haber en la parcela durante las épocas
de lluvias, así como las aguas subterráneas. Se considera baja la probabilidad de que
esto ocurra y la magnitud global del impacto se estima compatible. Se proponen medidas
de carácter general para paliar estos efectos.
El informe de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico señala lo siguiente:
– De acuerdo con el Plan Hidrológico del Cantábrico Occidental (PHCOcc), este tramo
del río Pas se corresponde con la masa de agua superficial denominada Río Pas III, muy
modificada, con código ES090MAR000200, del tipo 32 «Pequeños ejes cántabro-atlánticos
calcáreos», cuyo objetivo medioambiental es mantener el buen estado químico y ecológico
alcanzado en el primer ciclo de planificación 2009-2015. Dicho tramo está incluido en el
Registro de Zonas Protegidas establecido en el PHCOcc, en la categoría de Zonas de
captación de agua superficial para abastecimiento, código ES018ZCCM1801100020, y en la
de Zonas de protección de hábitat o especies, la ZEC «Río Pas».
– El proyecto se encuentra en el ámbito de la masa de agua subterránea «Puerto del
Escudo», código 012.017, cuyo objetivo medioambiental es mantener el buen estado
químico y cuantitativo alcanzado en el primer ciclo de planificación 2009-2015. Dicha
masa de agua subterránea se encuentra incluida en el Registro de Zonas Protegidas
establecido en el PHCOcc en la categoría de zonas de captación de agua subterránea
para abastecimiento, con código ES018ZCCM18001200017.
– El proyecto se ubica, de acuerdo con el Sistema de Información de Recursos
Subterráneos del MITECO, sobre formaciones detríticas de permeabilidad muy alta. En
relación con la inundabilidad de la zona, el proyecto se encuentra fuera del estudio
realizado por la confederación para el Área de Riesgo Potencial Significativo de
Inundación (ARPSI), «ES018-CAN-7-2 Río Pas». No obstante, se ha elaborado una
nueva cartografía de peligrosidad de inundación en tramos de la red fluvial situados fuera
de las zonas declaradas como ARPSI, que se encuentran en consulta pública.
Consultado el nuevo estudio Hidrológico-Hidráulico del tramo Pas-Miera-12-CAN, el
proyecto se encuentra dentro de la zona delimitada por la inundación de media
probabilidad T-100 y baja probabilidad T-500, con peligrosidad media y baja. Por ello, la
confederación considera que el promotor debería tener en cuenta este estudio. Además,
añade que el proyecto deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del
Dominio Público Hidráulico (DPH) y el artículo 40 del PHCOcc.
– Aunque el documento ambiental no lo señala, el ámbito del proyecto se sitúa en la
zona de policía del río Pas y de dos de sus afluentes por su margen derecha, el Regato
Veganocedo y un arroyo innominado. El aparcamiento de aeronaves se situará en su
zona de servidumbre. Dado el uso que se pretende dar a esas instalaciones, se podría

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