III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-3584)
Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Aeródromo de La Lera (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 27102
autóctonos; las formaciones arbóreas corresponden generalmente a pequeños rodales o
bosquetes sin continuidad, normalmente próximos a los cauces. Las comunidades
vegetales presentes en la zona condicionan la existencia de las distintas unidades
faunísticas. Las más importantes son: comunidad fluvial y de ribera, comunidad de
bosques isla y matorrales, comunidad de prados y cultivos, y zonas urbanas e
infraestructuras. La comunidad fluvial y de ribera es la que presenta mayor interés según
el documento ambiental.
Se indica que en las riberas se encuentra una elevada diversidad de aves ligadas a los
sotos. Destacan taxones especialistas y forestales. Sin embargo, se afirma que, en el margen
anexo al aeródromo, no existe una vegetación de ribera muy desarrollada, por lo que la
presencia de este tipo de especies queda comprometida. Asociadas al río Pas aparecen
numerosas aves acuáticas, tanto nidificantes como invernantes, así como especies
típicamente marinas que remontan los ríos en busca de alimento. En el río Pas se detectan
especies de gran interés: Salmo salar (salmón), Galemys pyrenaicuos (desmán) y Lutra
(nutria). Sin embargo, el promotor afirma que la ictiofauna no se verá afectada en absoluto,
pues las actividades previstas no interfieren de ninguna forma con los cauces, ni la
vegetación de ribera existente. Asimismo, considera que los mamíferos como desmán y
nutria, de marcado comportamiento nocturno, tampoco se verán afectadas habida cuenta de
que las actividades se desarrollarán únicamente en período diurno (orto-ocaso).
Este órgano ambiental estima que se ha minimizado la importancia de la presencia
de estas especies en el documento ambiental y no se han estudiado adecuadamente las
repercusiones que sobre ellas puede ocasionar el proyecto, a pesar de las indicaciones
realizadas en los procedimientos antecedentes. En este sentido, cabe destacar que la
nutria y el salmón se consideran especies vulnerables a las presiones antrópicas; y que
el tramo de río afectado es un área de distribución potencial del desmán ibérico, cuyo
estado de conservación actual se clasifica como «desfavorable».
Por otra parte, el documento ambiental incluye un anexo con un estudio de avifauna
y quirópteros, en el que se enumeran 55 especies de aves y 5 de murciélagos que se
han inventariado.
Los principales impactos identificados en el documento ambiental, en fase de
construcción, son: el cambio de uso del suelo en la parcela de implantación, lo que
supone pérdidas en la cubierta vegetal; y la afección directa e indirecta a la fauna por la
destrucción de sus hábitats, su degradación o la pérdida de sus cualidades naturales.
Además, la comunidad faunística puede experimentar molestias por ruidos de la
maquinaria de obra o sufrir atropellos durante la ejecución.
Respecto a la fase de explotación, el documento ambiental identifica como posibles
impactos las molestias por ruido y los choques entre aves y aeronaves. Sin embargo, en
opinión del promotor, la experiencia previa muestra que las colisiones son muy poco
frecuentes en los aviones privados y de extinción de incendios. Además, considera suficiente
la capacidad de maniobra tanto de las aves como de la propia aeronave para evitarlos.
Todos los impactos sobre fauna y vegetación se han considerado compatibles en el
documento ambiental, si bien las medidas propuestas para paliarlos son de carácter
general y no tienen suficiente desarrollo.
Este órgano ambiental considera que el documento ambiental realiza una descripción
muy somera de fauna y vegetación, de la incidencia del proyecto sobre esos factores
ambientales y de las medidas propuestas para paliarlos. El anexo de avifauna no cubre
un ciclo anual, requisito que había sido solicitado al promotor en los expedientes
descritos como antecedentes.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático de la
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del
Gobierno de Cantabria no ha emitido informe durante el procedimiento, por lo que no ha
aportado elementos de juicio adicionales que puedan ser tenidos en cuenta por el órgano
ambiental en su resolución.
Espacios protegidos. Las actuaciones son limítrofes con la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES1300010 «Río Pas».
cve: BOE-A-2022-3584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 27102
autóctonos; las formaciones arbóreas corresponden generalmente a pequeños rodales o
bosquetes sin continuidad, normalmente próximos a los cauces. Las comunidades
vegetales presentes en la zona condicionan la existencia de las distintas unidades
faunísticas. Las más importantes son: comunidad fluvial y de ribera, comunidad de
bosques isla y matorrales, comunidad de prados y cultivos, y zonas urbanas e
infraestructuras. La comunidad fluvial y de ribera es la que presenta mayor interés según
el documento ambiental.
Se indica que en las riberas se encuentra una elevada diversidad de aves ligadas a los
sotos. Destacan taxones especialistas y forestales. Sin embargo, se afirma que, en el margen
anexo al aeródromo, no existe una vegetación de ribera muy desarrollada, por lo que la
presencia de este tipo de especies queda comprometida. Asociadas al río Pas aparecen
numerosas aves acuáticas, tanto nidificantes como invernantes, así como especies
típicamente marinas que remontan los ríos en busca de alimento. En el río Pas se detectan
especies de gran interés: Salmo salar (salmón), Galemys pyrenaicuos (desmán) y Lutra
(nutria). Sin embargo, el promotor afirma que la ictiofauna no se verá afectada en absoluto,
pues las actividades previstas no interfieren de ninguna forma con los cauces, ni la
vegetación de ribera existente. Asimismo, considera que los mamíferos como desmán y
nutria, de marcado comportamiento nocturno, tampoco se verán afectadas habida cuenta de
que las actividades se desarrollarán únicamente en período diurno (orto-ocaso).
Este órgano ambiental estima que se ha minimizado la importancia de la presencia
de estas especies en el documento ambiental y no se han estudiado adecuadamente las
repercusiones que sobre ellas puede ocasionar el proyecto, a pesar de las indicaciones
realizadas en los procedimientos antecedentes. En este sentido, cabe destacar que la
nutria y el salmón se consideran especies vulnerables a las presiones antrópicas; y que
el tramo de río afectado es un área de distribución potencial del desmán ibérico, cuyo
estado de conservación actual se clasifica como «desfavorable».
Por otra parte, el documento ambiental incluye un anexo con un estudio de avifauna
y quirópteros, en el que se enumeran 55 especies de aves y 5 de murciélagos que se
han inventariado.
Los principales impactos identificados en el documento ambiental, en fase de
construcción, son: el cambio de uso del suelo en la parcela de implantación, lo que
supone pérdidas en la cubierta vegetal; y la afección directa e indirecta a la fauna por la
destrucción de sus hábitats, su degradación o la pérdida de sus cualidades naturales.
Además, la comunidad faunística puede experimentar molestias por ruidos de la
maquinaria de obra o sufrir atropellos durante la ejecución.
Respecto a la fase de explotación, el documento ambiental identifica como posibles
impactos las molestias por ruido y los choques entre aves y aeronaves. Sin embargo, en
opinión del promotor, la experiencia previa muestra que las colisiones son muy poco
frecuentes en los aviones privados y de extinción de incendios. Además, considera suficiente
la capacidad de maniobra tanto de las aves como de la propia aeronave para evitarlos.
Todos los impactos sobre fauna y vegetación se han considerado compatibles en el
documento ambiental, si bien las medidas propuestas para paliarlos son de carácter
general y no tienen suficiente desarrollo.
Este órgano ambiental considera que el documento ambiental realiza una descripción
muy somera de fauna y vegetación, de la incidencia del proyecto sobre esos factores
ambientales y de las medidas propuestas para paliarlos. El anexo de avifauna no cubre
un ciclo anual, requisito que había sido solicitado al promotor en los expedientes
descritos como antecedentes.
La Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático de la
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del
Gobierno de Cantabria no ha emitido informe durante el procedimiento, por lo que no ha
aportado elementos de juicio adicionales que puedan ser tenidos en cuenta por el órgano
ambiental en su resolución.
Espacios protegidos. Las actuaciones son limítrofes con la Zona de Especial
Conservación (ZEC) ES1300010 «Río Pas».
cve: BOE-A-2022-3584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56