I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-3293)
Resolución de 28 de febrero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la Unidad Nacional de Coordinación de Asistencia Digital y el Comité Permanente de Información y Asistencia Digital y se establecen sus normas de organización y funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 2 de marzo de 2022

Sec. I. Pág. 24340

En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado
decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 103.once.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, dispongo:
Primero.

Creación de la Unidad Nacional de Coordinación de Asistencia Digital.

Se crea, con las funciones que se contienen en esta resolución, la Unidad Nacional
de Coordinación de Asistencia Digital de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,
bajo la dependencia del titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales.
Segundo.

Funciones.

Corresponderán a la Unidad Nacional de Coordinación de Asistencia Digital las
siguientes funciones:
1. Elaborar las líneas estratégicas en relación con la planificación de la información
y asistencia no presenciales.
2. Promover un modelo homogéneo de prestación de servicios de información y
asistencia no presenciales.
3. Coordinar los sistemas dirigidos a la información y asistencia no presenciales en
las distintas áreas funcionales, promoviendo la uniformidad en las herramientas
utilizadas y la homogeneidad de los sistemas de acreditación de la identidad en la
prestación de servicios no presenciales.
4. Actuar como representante a nivel nacional en relación con las necesidades de
personal de las Administraciones de asistencia Digital Integral (ADIs).
5. La planificación integrada de todas las campañas de los Departamentos y de las
demás tareas que se desarrollen por las Administraciones de asistencia Digital Integral
(ADIs), solicitando al efecto las propuestas de dichos Departamentos.
6. La coordinación e impulso de las actuaciones de difusión y divulgación, tanto
internas como externas, de los contenidos y los nuevos desarrollos relacionados con la
información y asistencia no presenciales de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
7. Cualesquiera otras que le sean atribuidas.
El titular de la Unidad dará cuenta al Comité Permanente de Dirección, cuando así se
le requiera, de los avances, resultados y evolución de los servicios de información y
asistencia no presenciales.
Tercero.

Creación del Comité Permanente de Información y Asistencia Digital.

Se crea, con las funciones que se contienen en esta resolución, el Comité
Permanente de Información y Asistencia Digital de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, bajo la dependencia del Director general de la Agencia Tributaria.

1. El Comité Permanente de Información y Asistencia Digital estará integrado por
los siguientes miembros:
Presidencia: titular de la Unidad Nacional de Coordinación de Asistencia Digital.
La presidencia podrá actuar asistida de una o varias personas pertenecientes a
cualquiera de los Departamentos participantes y con experiencia en la materia.
Vocales: un representante de cada uno de los Departamentos de Gestión Tributaria,
Inspección Financiera y Tributaria, Aduanas e Impuestos Especiales, Recaudación e
Informática Tributaria, los Administradores de las Administraciones de asistencia Digital
Integral (ADIs), el titular de la Unidad Central de Información y Asistencia Digital del

cve: BOE-A-2022-3293
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Composición.