III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-3338)
Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Coles y el Ayuntamiento de Ourense, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de Mejora del saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en Coles (Ourense).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 24852
de la parte de la actuación contemplada en el «proyecto de construcción de mejora del
saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de Coles
(Ourense). PDM Miño-Sil ES010_3_CHCH0SET29TR2431» situada en su término
municipal, al amparo de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
Undécimo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el
Ayuntamiento de Coles y el Ayuntamiento de Ourense estiman necesario establecer una
fórmula coordinada para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de
la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, así como para la ejecución y posterior
entrega para su explotación, mantenimiento y conservación.
Por todo lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente Convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de las actuaciones.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las actuaciones
contempladas en el «proyecto de construcción de mejora del saneamiento y bombeo de
aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de Coles (Ourense). PDM Miño-Sil
ES010_3_CHCH0SET29TR2431», que será redactado por la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A.
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de las obras para
el mantenimiento y conservación de las mismas.
Segunda.
Duración, modificación y resolución del convenio.
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte de los Ayuntamientos de Coles y
Ourense de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a
los demás otorgantes del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
cve: BOE-A-2022-3338
Verificable en https://www.boe.es
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio tendrá una duración de cuatro años desde la entrada en vigor. En caso
de que en esa fecha no hayan finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se haya
procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de
garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
Núm. 52
Miércoles 2 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 24852
de la parte de la actuación contemplada en el «proyecto de construcción de mejora del
saneamiento y bombeo de aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de Coles
(Ourense). PDM Miño-Sil ES010_3_CHCH0SET29TR2431» situada en su término
municipal, al amparo de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
Undécimo.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., el
Ayuntamiento de Coles y el Ayuntamiento de Ourense estiman necesario establecer una
fórmula coordinada para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de
la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, así como para la ejecución y posterior
entrega para su explotación, mantenimiento y conservación.
Por todo lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente Convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de las actuaciones.
El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la colaboración
entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las actuaciones
contempladas en el «proyecto de construcción de mejora del saneamiento y bombeo de
aguas residuales en Sequeiros, en el T.M. de Coles (Ourense). PDM Miño-Sil
ES010_3_CHCH0SET29TR2431», que será redactado por la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A.
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de las obras para
el mantenimiento y conservación de las mismas.
Segunda.
Duración, modificación y resolución del convenio.
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte de los Ayuntamientos de Coles y
Ourense de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a
los demás otorgantes del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
cve: BOE-A-2022-3338
Verificable en https://www.boe.es
1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal;
adicionalmente será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
El convenio tendrá una duración de cuatro años desde la entrada en vigor. En caso
de que en esa fecha no hayan finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se haya
procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de
garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución: