III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-3154)
Resolución de 22 de febrero de 2022, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia y la Asociación Foro pola Economía Social Galega, para la creación y difusión de conocimiento sobre la economía social en Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23551

Tercera. Obligaciones de la Asociación Foro pola Economía Social Galega.
1. Promover la participación de las entidades que representa para la recopilación
de datos sobre buenas prácticas empresariales a través de los indicadores ARDÁN.
2. Difundir las publicaciones e informes elaborados en el marco de este Convenio.
3. Promover acciones conjuntas, en el marco de competencias del Foro pola
Economía Social Galega, a fin de favorecer la competitividad y sostenibilidad en el largo
plazo de las empresas vinculadas a la economía social en Galicia.
Cuarta.

Obligaciones de la Consellería de Emprego e Igualdade.

1. Facilitar los datos disponibles en el Registro de Cooperativas de Galicia en
formato digital desde el año 2018 y sucesivos.
2. Facilitar los datos para la identificación y trazabilidad de Centros Especiales de
Empleo, las Sociedades Laborales, las Empresas de Inserción y todas aquellas
organizaciones objeto de interés enmarcadas en el ámbito de la economía social.
3. Fomentar la identificación y la puesta en valor de las buenas prácticas
empresariales entre las empresas de economía social.
4. Promover acciones conjuntas, en el marco de competencias de la Consellería, a
fin de favorecer la competitividad y sostenibilidad en el largo plazo de las empresas
vinculadas a la economía social en Galicia.
Quinta.

Obligaciones del Consorcio de la Zona Franca de Vigo.

1. Incorporar las cuentas anuales y otros datos de interés recogidos mediante
encuestas en un modelo de trabajo integrado con la base de datos ARDÁN de empresas
de Galicia. El modelo de trabajo facilitará el análisis y trazabilidad de parámetros
económicos clave como la facturación, el valor añadido bruto, las relaciones económicas
y otras variables relativas al empleo. Las bases de datos con todas sus series históricas
estarán accesibles de forma estructurada para los firmantes del Convenio.
2. Facilitar a las entidades firmantes otras bases de datos disponibles en ARDÁN
para la contextualización y aproximación de la relevancia e impacto económico de la
economía social en Galicia, así como su comparativa homogénea.
3. Incorporar en los estudios de los indicadores ARDÁN a la población de
organizaciones enmarcadas en el ámbito de la economía social y otorgarles los Certificados
de buenas prácticas empresariales en el caso de cumplir con los requisitos exigidos.
4. Incorporar empresas vinculadas a la economía social en todos aquellos estudios
promovidos por CZFV y cuyo objeto sea generar y difundir conocimiento sobre el tejido
empresarial de Galicia.
5. Promover acciones conjuntas, en el marco de competencias del CZFV, a fin de
favorecer la competitividad y sostenibilidad en el largo plazo de las empresas vinculadas
a la economía social en Galicia.

Para velar por el cumplimiento de lo estipulado, se constituirá una Comisión Mixta de
Seguimiento de la ejecución del Convenio de composición paritaria, formada por un
representante de la Asociación, un representante de la Consellería y un representante
del CZFV, que se reunirá a petición de una de las partes, y que actuará como órgano de
vigilancia, seguimiento y control de lo establecido en este Convenio.
Los representantes de cada una de las partes serán los siguientes:
– Por parte de la Asociación, será la persona que ocupe el cargo de presidente/a de
la Asociación.
– Por parte de la Consellería, será la persona titular de la Dirección General de
Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social dependiente de dicha Consellería.
– Por parte del CZFV, será la Responsable del Servicio de Información ARDÁN.

cve: BOE-A-2022-3154
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Comisión Mixta de Seguimiento.