III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2022-3099)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el funcionamiento del Plan de Empleo 2021-2022, en relación con el Instituto de Idiomas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 26 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23215

vigilancia de la salud individual y colectiva, todo ello en el marco de lo dispuesto en
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
La comisión de seguimiento establecida en la cláusula cuarta del presente convenio
concretará qué actividades específicas se van a llevar a cabo en este proyecto, así como
la ocupación de los trabajadores a contratar.
B.

Obligaciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta:

El Instituto de Idiomas, dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Mujer
de la Ciudad Autónoma de Ceuta colaborará facilitando las instalaciones y bienes
muebles e inmuebles en aras a desarrollar todas las actuaciones propias del proyecto
recogido en este convenio.
Corresponde al Instituto de Idiomas, dependiente de la Consejería de Educación,
Cultura y Mujer de la Ciudad Autónoma de Ceuta autorizar expresamente a qué
locales/zonas puede acceder el personal citado en el punto A de la cláusula segunda.
Este personal deberá seguir cuantas indicaciones le sean requeridas en materia de
seguridad.
Asimismo, el Instituto de Idiomas, dependiente de la Consejería de Educación,
Cultura y Mujer de la Ciudad Autónoma de Ceuta aportará el material y el equipamiento
específico necesario para el desarrollo de la labor asignada al trabajador contando con
los recursos propios disponibles, sin que esto suponga un compromiso financiero para el
departamento, y proporcionará las condiciones necesarias para realizar en su seno las
tareas que, de acuerdo con su categoría laboral y plan de trabajo, faciliten su inserción
sociolaboral, supervisando la obra o servicio prestado.
Para los trabajos en que sean necesarios, el Instituto de Idiomas, dependiente de la
Consejería de Educación, Cultura y Mujer de la Ciudad Autónoma de Ceuta facilitará los
equipos de protección individual, utensilios y productos necesarios.
Tercera.

Publicidad.

Las partes suscriptoras del presente convenio se comprometen a dar la publicidad y
difusión necesaria del mismo, para su general conocimiento y cumplimiento. Se aplicará
la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones
Públicas, por la que se aprueba la Guía de comunicación digital para la Administración
General del Estado, actualizado el Manual de Imagen Institucional por resolución de 28
de febrero de 2020.

Para el adecuado seguimiento, vigilancia, control e interpretación de lo establecido
en el presente convenio, se creará una comisión mixta de seguimiento, integrada por
miembros designados por el titular de la Secretaría General de la Delegación del
Gobierno en Ceuta y miembros en representación del Instituto de Idiomas, dependiente
de la Consejería de Educación, Cultura y Mujer de la Ciudad Autónoma de Ceuta que
serán designados por dicha entidad.
La comisión mixta de seguimiento tiene por finalidad la resolución de los
problemas y discrepancias entre las partes en relación con la interpretación o
ejecución del mismo. Igualmente, conocerá de cuantos posibles supuestos de
incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las
partes pudieran plantearse.
Dicha comisión de seguimiento se reunirá, al menos, una vez durante la vigencia del
presente convenio, y siempre que las circunstancias de su desarrollo así lo aconsejen, a
instancia de una o ambas partes. En estas convocatorias se facilitará información en
especial de los diferentes usuarios que han participado en las acciones.
La comisión de seguimiento tiene capacidad para hacer propuestas a los firmantes
sobre la modificación, vigencia o resolución del convenio. No obstante, las
modificaciones del convenio requerirán de la autorización del Ministerio de Hacienda

cve: BOE-A-2022-3099
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Comisión de seguimiento.