I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-3051)
Acuerdo de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía Europea, para la utilización de la plataforma de servicios del punto neutro judicial, hecho en Madrid y Luxemburgo el 2 de febrero de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 26 de febrero de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
3051

Acuerdo de colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la
Fiscalía Europea, para la utilización de la plataforma de servicios del punto
neutro judicial, hecho en Madrid y Luxemburgo el 2 de febrero de 2022.

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER
JUDICIAL DEL REINO DE ESPAÑA Y LA FISCALÍA EUROPEA PARA LA
UTILIZACIÓN DE LA PLATAFORMA DE SERVICIOS DEL PUNTO NEUTRO JUDICIAL
REUNIDOS
El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Excmo.
Sr. don Carlos Lesmes Serrano, según Acuerdo (n.º 2) del Pleno del Consejo General del
Poder Judicial de 9 de diciembre de 2013, Real Decreto 979/2013, de 10 de diciembre
(BOE de 11 de diciembre de 2013), en ejercicio de las facultades que le atribuye el
artículo 585 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La Fiscal General Europea, Excma. Sra. Laura Codruța Kövesi, en nombre y
representación de la Fiscalía Europea, por Decisión UE 2019/1798 del Parlamento
Europeo y del Consejo.
Se reconocen con capacidad y legitimación bastante en derecho para celebrar y
firmar el presente Acuerdo de Colaboración, y en su virtud,
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 122 de la Constitución Española establece que el Consejo General
del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo y será presidido por el Presidente
del Tribunal Supremo. Asimismo, el artículo 104.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del Poder Judicial, dispone que el gobierno del Poder Judicial corresponde al
Consejo General del Poder Judicial, que ejerce sus competencias en todo el territorio
nacional, y su Presidente, de conformidad con el artículo 105 de la propia Ley Orgánica
del Poder Judicial, es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la
representación y gobierno del Poder Judicial.

Que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 20 de
febrero de 2002, autorizó la constitución del «Punto Neutro Judicial», como una red de
comunicaciones que soporta una plataforma de servicios que permite consultar e
interconectar a los órganos judiciales con terceras entidades como Administraciones
públicas, Colegios Profesionales, Entidades Financieras o Registros, al objeto de mejorar
los tiempos de tramitación de los asuntos ofreciendo para ello herramientas y servicios a
los colectivos que conforman la justicia, para que puedan ser más eficientes y eficaces
en la tramitación de los asuntos judiciales.
Los objetivos principales del Punto Neutro Judicial son servir de apoyo a la gestión
de los órganos judiciales, proporcionar servicios de ayuda al juez/a, automatizar la
gestión de los órganos de gobierno y facilitar la compatibilidad e interoperabilidad entre
los servicios informáticos al servicio de la Administración de Justicia.

cve: BOE-A-2022-3051
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.