III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-2816)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Asociación Profamilia, como entidad colaboradora de subvenciones concedidas en desarrollo de la política exterior del Gobierno en la República de Colombia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

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los contratos y realizar los pagos, que serán ordenados oportunamente por el
beneficiario de acuerdo con los criterios establecidos en los siguientes apartados de esta
cláusula tercera del presente convenio y en las resoluciones de concesión de
subvención.
2. Los gastos se realizarán y acreditarán de acuerdo con las correspondientes
normas del propio Estado beneficiario de las subvenciones según los mecanismos
establecidos en las respectivas resoluciones de concesión de subvención y en las
cláusulas de este Convenio. Para el seguimiento de las subvenciones se creará un
Comité Gestor, cuya actuación seguirá lo prescrito en el Reglamento de Gestión del
anexo que forma parte del presente Convenio.
3. Elaborar y entregar a la institución beneficiaria directa de cada subvención la
justificación económica, estados contables, informes de auditoría, así como cualquier
otro documento de carácter económico que deba adjuntarse a la justificación de la
subvención, en un plazo no mayor a cuatro meses desde la fecha de finalización de las
actividades a los efectos de que la institución beneficiaria pueda rendir su justificación
final a la AECID.
4. Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de
dichos fondos pueda efectuar la AECID, así como cualesquiera otras de comprobación y
control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando
cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
5. Reintegrar los fondos percibidos en caso de incumplimiento de las obligaciones
anteriores.
Recepción de los fondos:

1. Profamilia, en un plazo de treinta días a partir del momento en que el beneficiario
haya comunicado en tiempo y forma a la AECID la aceptación de la subvención, recibirá
los fondos procedentes de las subvenciones en una única cuenta en euros, donde se
depositarán los recursos de los diferentes proyectos.
El depósito en la referida cuenta bancaria se realizará en las condiciones pactadas
con la correspondiente entidad bancaria, debiendo acreditar los intereses que generen
las cantidades depositadas al principal de dicha cantidad, teniendo en cuenta lo recogido
en las resoluciones de concesión de subvención respecto a la aplicación de dichos
intereses a la consecución de los objetivos del proyecto, que quedarán sujetos a las
mismas normas de control y justificación establecidas para el principal de la subvención.
2. Profamilia informará por nota escrita a la Oficina Técnica de Cooperación (OTC)
de la AECID en Bogotá de la recepción de los fondos de las subvenciones, indicando el
proyecto, el beneficiario, la cantidad recibida y la fecha de recepción.
3. Profamilia entregará a los beneficiarios los fondos recibidos con base en el plan
operativo anual (POA) aprobado por el Comité Gestor, y en los términos que se hubieren
establecido en la resolución de concesión de cada subvención y en el
4. Profamilia imputará como costes por su participación en la entrega y distribución
de fondos públicos al beneficiario o por su colaboración en la gestión de la subvención o
ayuda un máximo de 8 % sobre la cuantía de cada subvención en concepto de coste de
administración. No existirá contraprestación por parte de AECID por las actividades
realizadas por la entidad colaboradora.
5. Profamilia hará un seguimiento trimestral del POA de cada uno de los proyectos
que se financien con los fondos de las diferentes subvenciones.
6. Profamilia informará trimestralmente al Comité Gestor de los pagos realizados e
intereses generados.
e) Seguimiento de las subvenciones.–Del seguimiento de la ejecución de las
correspondientes acciones derivadas de cada subvención se encargará un Comité
Gestor en el que estarán representados la institución que en cada caso sea la
beneficiaria directa de la subvención y la AECID, a través de la OTC de Bogotá. Todos

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