III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-2830)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 20 de diciembre de 2021, sobre la distribución del crédito adicional para el año 2021, correspondiente a los Presupuestos Generales del Estado para 2021, del Programa de Cooperación Territorial "Plan de Modernización de la Formación Profesional" destinado al Redimensionamiento de la oferta de Formación Profesional, en el marco del Componente 20 "Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional", del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21470

Actuación 4: redimensionamiento de la oferta de Formación Profesional
Componente: 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional. Inversión: I.3
Innovación e internacionalización de la Formación Profesional Hito: Para el presente
ejercicio económico se crearán 3.285 nuevas plazas adicionales a las 38.789 plazas. El
objetivo final es crear, en un plazo de tres años, 135.000 plazas.
Primero.
De conformidad con lo previsto en el citado artículo 86, apartado 2, regla segunda,
letra a), y en los términos que se establecen en los siguientes apartados, se aprueba la

cve: BOE-A-2022-2830
Verificable en https://www.boe.es

El artículo 86.2 regla segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, establece que «Los criterios objetivos que sirvan de base para la
distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como su distribución, se fijarán
por la Conferencia Sectorial correspondiente al comienzo del ejercicio económico».
Igualmente, el artículo 148.2.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, dispone que, en el seno de la Conferencia Sectorial de
Educación, se fijarán los criterios de reparto y la distribución resultante entre las
Comunidades Autónomas.
Por acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, se
aprobaron los criterios de distribución de un total de 72.729.375,00 euros destinados al
redimensionamiento de plazas de Formación Profesional (Componente 20 –Inversión 3–
proyecto 02). La cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma quedó determinada por
los propios criterios en ella aprobados, así como por la posibilidad de absorción de los
fondos destinados al redimensionamiento de plazas. A la vista del grado de ejecución
que las Comunidades Autónomas han realizado de los fondos a lo largo del año, algunas
de ellas han manifestado la posibilidad de ampliar la ejecución inicial prevista. En este
sentido se han manifestado un total de 8 Comunidades Autónomas, con un incremento
total adicional previsto de 3.285 plazas nuevas solicitadas, añadidas a las 38.789
comprometidas en acuerdo de la Conferencia Sectorial de 21 de julio de 2021.
Consultadas las Comunidades Autónomas que no han solicitado aumento de plazas, no
han manifestado inconveniente a que se efectúe la presente distribución.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa
a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
de España (CID) y su documento Anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en
cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio de no causar un perjuicio
significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No
Significant Harm»). Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas
asignadas en la Componente 20, así como en la medida I3 en la que se enmarcan
dichas actuaciones, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y
digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del
Componente del Plan y en el Anexo a la CID.
De acuerdo con lo previsto el apartado 6 del documento correspondiente al
Componente 20 del PTRT, no hay contribución a la transición ecológica, de acuerdo con
los criterios de distribución recogidos en el Anexo I, artículo 15, apartado 5, del
Reglamento UE, dimensiones y códigos relativos a los tipos de intervención de acuerdo
con la etiqueta 01 «Contribución a las competencias y empleos verdes.»
Con la finalidad de cumplir con el objetivo del Plan de Modernización para la
Formación Profesional, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha definido
actuaciones de carácter estratégico, recogidas en el componente 20, entre las que se
encuentra la relativa a este Acuerdo: