III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-2830)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 20 de diciembre de 2021, sobre la distribución del crédito adicional para el año 2021, correspondiente a los Presupuestos Generales del Estado para 2021, del Programa de Cooperación Territorial "Plan de Modernización de la Formación Profesional" destinado al Redimensionamiento de la oferta de Formación Profesional, en el marco del Componente 20 "Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional", del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de febrero de 2022

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Administraciones Educativas, en su evaluación de necesidades, de ejecución de estos
fondos y creación de plazas. No obstante, y con posterioridad al inicio del
curso 2021/2022, algunas Comunidades Autónomas han comunicado que, la evaluación
inicial de plazas a crear, podría verse incrementada para este ejercicio. Como
consecuencia de ello, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, teniendo en
cuenta la disponibilidad presupuestaria, solicitó a aquellas Comunidades Autónomas que
tuvieran interés, que comunicaran el número de plazas adicionales que estarían en
condiciones de crear. Como resultas de ello, y con el consenso de todas las
Comunidades Autónomas expresado en la Comisión de Formación Profesional de la
Conferencia Sectorial de Educación de 5 de noviembre, procede ampliar el citado
acuerdo con el presente, en los términos que se exponen:
El Plan de Modernización de la Formación Profesional, derivado de la Agenda 2030 y
sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, para desarrollar un proyecto moderno de país en
el marco de un nuevo contrato social global, tiene como objetivo dar respuesta a las
necesidades de cualificación y recualificación de jóvenes y trabajadores futuros y
actuales, a nivel individual y colectivo de cada empresa, en estos momentos de
reconstrucción y creación de un nuevo modelo de crecimiento económico.
Asimismo, el Plan incorpora los planteamientos de Comunicaciones de la Comisión
Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al
Comité de las Regiones, tales como una nueva agenda de capacidades para Europa:
Trabajar juntos para reforzar el capital humano, la empleabilidad y la competitividad, y de
las Recomendaciones del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea en
materia de Formación Profesional y de competencias clave para el aprendizaje
permanente.
El nuevo instrumento financiero Next Generation EU, aprobado en 2020 por el
Consejo Europeo, incluye, como elemento central, un Mecanismo para la Recuperación
y la Resiliencia (MRR) cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados
Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que se
promueven las prioridades ecológicas y digitales de la Unión.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se convierte en uno de los
referentes básicos para la planificación y desarrollo de las actuaciones que acometerá el
Ministerio de Educación y Formación Profesional en los próximos años; el plan permitirá
implementar un conjunto de acciones que contribuirán de forma eficaz a promover el
impulso de la educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de
capacidades.
En este sentido, desde el Ministerio se han diseñado proyectos de reformas e
inversiones dirigidas al refuerzo del capital humano que es fundamental para que el Plan
de inversiones y reformas tenga el impacto deseado, tanto en la generación de actividad
a corto plazo, como en el refuerzo estructural de la economía y las nuevas oportunidades
laborales a medio y largo plazo.
Dentro de las políticas palanca del Plan de Recuperación, concretamente en la
palanca VII, referida a la educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de
capacidades, se incluye el Componente 20: Plan Estratégico de Impulso de la Formación
Profesional, en cuyo marco, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP)
va a desarrollar la actuación correspondiente al redimensionamiento de la oferta de
Formación Profesional (petición adicional de ampliación de plazas).
La ejecución y desarrollo de este programa y las actuaciones que lo definen
corresponden, en función a las competencias asumidas, a las Comunidades Autónomas.
Este protagonismo de dichas administraciones territoriales es además coherente con el
espíritu de cogobernanza que inspira la ejecución de los fondos de la UE; sin perjuicio de
ello las Comunidades Autónomas precisan, lógicamente, disponer de los recursos
financieros para poder desarrollar con éxito las actuaciones contempladas.
La ejecución del crédito consignado en la actuación de financiación citada queda
sujeta a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, que regula los créditos gestionados por las comunidades autónomas.

cve: BOE-A-2022-2830
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Núm. 45