III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2819)
Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Lleida n.º 3, por la que se deniega el inicio de la tramitación de un expediente de doble inmatriculación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21403

II
Presentada el día 10 de agosto de 2021 dicha instancia en el Registro de la
Propiedad de Lleida número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación (Art. 19 bis L.H.)
Documento de referencia
Clase de documento: instancia Fecha: 14 de julio de 2021
Datos sobre su presentación en el Registro
N.º entrada: 4629/2021 N.º asiento: 2304 N.º Diario: 229
Fecha presentación: 10 de agosto de 2021
Hechos

– Fotocopia del poder para pleitos otorgado por don J. X. C. en favor del letrado de
Barcelona, don M. M. M., en escritura autorizada por el notario de Barcelona, don
Antonio Rosselló Mestre, el once de octubre de dos mil dieciocho, con el número 2897
de su protocolo, con CSV (…)
Doc. 1 - nota simple de la finca 972, expedida el 8 de septiembre de 2016
Doc. 2 - fotocopia de la escritura de adición de inventario y aceptación, autorizada
por el notario de Barcelona, don Antonio Rosselló Mestre el 17 de septiembre de 2015
con el número 2717 de su protocolo, por el que el señor X. adquirió la finca 972 de
Vilanova de la Barca por herencia de su padre, don F. X. S., a quien a su vez pertenecía
por herencia de su padre, don B. X. F., fallecido el 28 de febrero de 1947, aceptada y
deferida mediante escritura de manifestación y aceptación de herencia autorizada por el
notario de Lleida, don José Félez Costea, el 26 de junio de 1958, con el número 1983 de
su protocolo. En esta escritura, respecto la referencia catastral de dicha finca manifiesta
el compareciente «que al tratarse de una finca rústica no posee número de referencia
catastral y que no se gira ningún recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.»
Doc. 3 - Declaración catastral, modelo 901N, por adquisición o consolidación de la
propiedad, referida a la parcela 91 del polígono 11 de Vilanova de la Barca.
Doc. 4 - Acuerdo de no alteración de la descripción catastral y resolución
desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por el señor X.
Doc. 5 - Solicitud de diligencias preliminares, mediante las que se solicita que la
mercantil Draude, S.L. declare si es el titular catastral de la finca, la exhibición de los
documentos en base al que obtuvo tal titularidad y subsidiariamente, caso de no ser
titular, que indique en virtud de qué título ocupa la finca e identifique el titular catastral o
con quién haya contratado.
Doc. 6 - Admisión a trámite de las diligencias preliminares.
Doc. 7 - Escritura de cese y nombramiento de cargos y aumento de capital social,
otorgada por Draude, S.L.U. y autorizada por el notario de Lleida, don Manuel Soler
Lluch, el 17 de marzo de 2009, con el número 879 de su protocolo.
Doc. 8 - Auto del Juzgado de primera instancia número 3 de Lleida, de 16 de enero
de 2019, por el que procede la devolución de la caución y el archivo de las diligencias
preliminares practicadas.

cve: BOE-A-2022-2819
Verificable en https://www.boe.es

1. En el documento calificado, don J. X. C., -representado por mandato por don M.
M. M., abogado- solicita el inicio de los trámites previstos en el artículo 209 de la Ley
Hipotecaria por considerar que la finca registral de su titularidad, la número 972 de
Vilanova de la Barca, se encuentra afectada por una doble inmatriculación.
2. La finca respecto la que en el documento presentado se plantea que pueda
existir doble inmatriculación es la registral 2.247, que, según la instancia presentada,
pertenece a la mercantil Draude, S.L.
3. Se acompañan a la instancia copia de los siguientes documentos: