III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2022-2776)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21261

Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; así como a la normativa
en materia de ayudas de Estado.
2. En caso de que la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, subcontrate parte o la totalidad
de la actividad objeto de esta subvención, habrá de prever los mecanismos para
asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio de «no causar un perjuicio
significativo al medio ambiente».

1. La información que en base a la cláusula sexta del presente convenio sea cedida
por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, tendrá como finalidad exclusiva su
utilización por la SGOPIPS para los fines de la subvención objeto del presente convenio.
El contenido de esta información se recoge en el anexo II. La finalidad del tratamiento de
datos que llevará a cabo la SGOPIPS incluye la selección de la muestra de participantes
en el grupo de tratamiento y grupo de control a partir de la población de partida, así
como el seguimiento de las intervenciones y actuaciones realizadas en el proyecto piloto,
y la evaluación del impacto de estas intervenciones.
2. La información que sea cedida por la SGOPIPS a la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, incluirá datos mínimos de carácter personal sobre los participantes a los
simples efectos de contacto con éstos, en los casos de que sea necesario. La SGOPIPS
se compromete a que este tratamiento de datos de carácter personal es legítimo y ha
sido consentido por los titulares de los datos o bien se ampara dicho tratamiento en una
de las bases del tratamiento establecidas en el Reglamento General de Protección de
Datos.
3. Los datos cedidos deberán protegerse con los medios de seguridad que incluyan
limitar el acceso de estos a personal autorizado por las partes, SGOPIPS y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, en cada caso. El sistema de acceso deberá permitir la
identificación del usuario y las actuaciones realizadas en relación con los datos cedidos.
Se adoptarán las medidas técnicas, administrativas y organizativas precisas para
asegurar que ninguno de los datos facilitados en los ficheros sea distribuido sin
autorización a terceras personas, instituciones u organizaciones.
4. La SGOPIPS anonimizará los identificadores personales para las tareas de
diseño, seguimiento y evaluación, y hará uso de los identificadores personales
exclusivamente para aquellas actuaciones que sean imprescindibles como son el cruce
de bases de datos adicionales para el enriquecimiento de la información, así como la
identificación de la muestra de participantes en el caso de que sea necesario.
5. Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento General de
Protección de Datos y en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía
de los Derechos Digitales, la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, se asegurará
de tener la competencia necesaria para poder recabar y ceder todos los datos requeridos
a la SGOPIPS. Esta competencia estará amparada por la normativa correspondiente, o
bien se asegurará recabando el consentimiento expreso de los potenciales participantes
antes de la entrada en el itinerario de inclusión financiado por la subvención objeto del
presente convenio, cumpliendo los requisitos legales para ello. Se indica en el anexo III
la referencia al contenido del consentimiento.
Undécima.

Compatibilidad con otras subvenciones.

La presente subvención es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos que, en su caso, pueda recibir la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, o el destinatario

cve: BOE-A-2022-2776
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Utilización de la información.