III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2583)
Resolución de 24 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de San Clemente a inscribir la compraventa de una finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 20320
(c) En el anexo I, del contrato privado de compraventa elevado a público, citado por
el propio Registrador, se indica, respecto a la Central Hidroeléctrica de Los Nuevos, lo
siguiente
2. Central Hidroeléctrica de Los Nuevos (“Central los Nuevos”), sita en el término
municipal de Sisante (Cuenca).
El Vendedor es propietario registral de los terrenos sobre los que se asienta la
Central los Nuevos en virtud de escritura de elevación a público de contrato de
compraventa de, entre otras, la Central los Nuevos, otorgada el día 24 de mayo da 2011
ante el Notario de Madrid, don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla bajo el
número 2.637 de su protocolo. En virtud de dicha escritura la sociedad Iberdrola
Renovables, SA como anterior propietario de los terrenos, cedió la propiedad de los
mismos a favor del Vendedor, así como los derechos de explotación de, entre otras, la
Central los Nuevos.
La propiedad del referido terreno sobre el que se encuentra construida la Central los
Nuevos se encuentra Incluido en el Negocio que se transmite en virtud del presente
Contrato.
Terreno.
– Datos registrales: La Central de los Nuevos esté formada por dos fincas
registrales, número 712 al tomo 616, libro 33, folio 241 y la número 403 al tomo 391,
libro 8, folio 41 ambas del Registro de la Propiedad de San Clemente.
– Cargas y gravámenes: Según la información registral, la finca consta libre de
cargas y gravámenes a excepción de una serle de afecciones fiscales en vigor.
– Referencia Catastral: 16207A022000750000AD y 16207A022000750001SF,
refiriéndose la primera de las referencias a una parcela rústica y la segunda de ellas a
una de carácter urbano de uso residencial e industrial, compartido, sobre la que se gira
el correspondiente recibo de IBI.
(d) Por último, en el anexo 2 de la escritura, el Sr. Notario une la nota simple del
Registro de la Propiedad de San Clemente, correspondiente a la finca 403: (…)
Como se puede apreciar, en la nota simple se recoge como “naturaleza de la finca:
Central Hidroeléctrica”.
Con arreglo al contenido del Contrato, resulta claro e innegable:
2. Pero es que, además de todo lo anterior (…) el mail remitido el 31 de marzo
de 2017, por D.P.G.H. (representante legal de Barbo Renovables y firmante del contrato
de compraventa) a Júcar Inversiones Renovables y a sus abogados, en el que se indica
que “adjunto las notas registrales de La Losa y Los Nuevos” y se incluye la nota registral
de la finca 403 (…)
3. No existe, por lo tanto, duda sobre la intención de Barbo de transmitir la
finca 403, ni tampoco sobre su inclusión en el objeto de contrato y, en concreto entre las
fincas transmitidas. Y por este motivo, no hay motivo para suspender la inscripción de la
titularidad de la finca 403 a nombre de Júcar Inversiones Renovables, SL procediendo la
estimación del recurso y la Inscripción solicitada.
Por todo lo expuesto, al Sr. Director General de tos Registros y del Notariado.
Solicita, que tenga por presentado este escrito y la documentación que lo acompaña,
se sirva admitirlo, tenga por interpuesto recurso gubernativo contra la calificación
registral acompañada a este escrito y, en mérito a lo expuesto, estime este, acordando
dejar sin efecto la suspensión de la Inscripción solicitado y proceder a su práctica.»
cve: BOE-A-2022-2583
Verificable en https://www.boe.es
– La Intención de Barbo Renovables de transmitir la finca 403.
– La adscripción de esta finca a la explotación de la Central Hidroeléctrica Los
Nuevos.
Núm. 41
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 20320
(c) En el anexo I, del contrato privado de compraventa elevado a público, citado por
el propio Registrador, se indica, respecto a la Central Hidroeléctrica de Los Nuevos, lo
siguiente
2. Central Hidroeléctrica de Los Nuevos (“Central los Nuevos”), sita en el término
municipal de Sisante (Cuenca).
El Vendedor es propietario registral de los terrenos sobre los que se asienta la
Central los Nuevos en virtud de escritura de elevación a público de contrato de
compraventa de, entre otras, la Central los Nuevos, otorgada el día 24 de mayo da 2011
ante el Notario de Madrid, don Miguel Ruiz Gallardón García de la Rasilla bajo el
número 2.637 de su protocolo. En virtud de dicha escritura la sociedad Iberdrola
Renovables, SA como anterior propietario de los terrenos, cedió la propiedad de los
mismos a favor del Vendedor, así como los derechos de explotación de, entre otras, la
Central los Nuevos.
La propiedad del referido terreno sobre el que se encuentra construida la Central los
Nuevos se encuentra Incluido en el Negocio que se transmite en virtud del presente
Contrato.
Terreno.
– Datos registrales: La Central de los Nuevos esté formada por dos fincas
registrales, número 712 al tomo 616, libro 33, folio 241 y la número 403 al tomo 391,
libro 8, folio 41 ambas del Registro de la Propiedad de San Clemente.
– Cargas y gravámenes: Según la información registral, la finca consta libre de
cargas y gravámenes a excepción de una serle de afecciones fiscales en vigor.
– Referencia Catastral: 16207A022000750000AD y 16207A022000750001SF,
refiriéndose la primera de las referencias a una parcela rústica y la segunda de ellas a
una de carácter urbano de uso residencial e industrial, compartido, sobre la que se gira
el correspondiente recibo de IBI.
(d) Por último, en el anexo 2 de la escritura, el Sr. Notario une la nota simple del
Registro de la Propiedad de San Clemente, correspondiente a la finca 403: (…)
Como se puede apreciar, en la nota simple se recoge como “naturaleza de la finca:
Central Hidroeléctrica”.
Con arreglo al contenido del Contrato, resulta claro e innegable:
2. Pero es que, además de todo lo anterior (…) el mail remitido el 31 de marzo
de 2017, por D.P.G.H. (representante legal de Barbo Renovables y firmante del contrato
de compraventa) a Júcar Inversiones Renovables y a sus abogados, en el que se indica
que “adjunto las notas registrales de La Losa y Los Nuevos” y se incluye la nota registral
de la finca 403 (…)
3. No existe, por lo tanto, duda sobre la intención de Barbo de transmitir la
finca 403, ni tampoco sobre su inclusión en el objeto de contrato y, en concreto entre las
fincas transmitidas. Y por este motivo, no hay motivo para suspender la inscripción de la
titularidad de la finca 403 a nombre de Júcar Inversiones Renovables, SL procediendo la
estimación del recurso y la Inscripción solicitada.
Por todo lo expuesto, al Sr. Director General de tos Registros y del Notariado.
Solicita, que tenga por presentado este escrito y la documentación que lo acompaña,
se sirva admitirlo, tenga por interpuesto recurso gubernativo contra la calificación
registral acompañada a este escrito y, en mérito a lo expuesto, estime este, acordando
dejar sin efecto la suspensión de la Inscripción solicitado y proceder a su práctica.»
cve: BOE-A-2022-2583
Verificable en https://www.boe.es
– La Intención de Barbo Renovables de transmitir la finca 403.
– La adscripción de esta finca a la explotación de la Central Hidroeléctrica Los
Nuevos.