I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Presupuestos. (BOE-A-2022-2544)
Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022.
137 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 20141

compensación, o el ingreso, en su caso, del departamento, organismo o Administración
en que preste servicios dicho personal.
Cuando el departamento, organismo o Administración que precise la atribución
temporal de funciones de personal docente solicite el abono del complemento de
especial responsabilidad denominado «coordinador en servicios centrales», este
concepto se habrá de tramitar junto con la baja de los créditos o el ingreso, en su caso.
b) En el caso del personal estatutario, la transferencia de los créditos
correspondientes, cuando esta sea necesaria.
Sin perjuicio de lo previsto en los párrafos anteriores, la administración educativa y la
administración sanitaria podrán formalizar instrumentos que posibiliten la colaboración
del personal sanitario en los centros educativos, con objeto de que este realice,
exclusivamente, funciones sanitarias. Este supuesto no conllevará la tramitación de baja
alguna de créditos.
4. Las retribuciones de los funcionarios interinos nombrados para atender
sustituciones temporales se imputarán a nivel de partida en el concepto 125
«Sustituciones de personal funcionario y estatutario».
Las retribuciones del personal de refuerzo y de personal estatutario eventual se
imputarán a nivel de partida en el concepto 127 «Refuerzos de personal funcionario y
estatutario».
Artículo 52. Cobertura presupuestaria.
1. Durante el mes de enero de 2022, los centros gestores deberán contabilizar el
documento que refleje el compromiso de gasto necesario para hacer frente, hasta el 31
de diciembre, a las retribuciones y cuotas empresariales a la Seguridad Social
correspondientes a los efectivos que, a día 1 de dicho mes, presten servicio en el
departamento, organismo autónomo o ente público, vinculado o dependiente de la
comunidad autónoma, sujeto a régimen presupuestario. El documento contable deberá
mantenerse actualizado a lo largo del año.
La Dirección General de Recursos Humanos, respecto del personal del Servicio
Canario de la Salud; la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación,
Universidades, Cultura y Deportes, en relación con el personal docente; y la Dirección
General de Relaciones con la Administración de Justicia, respecto del personal adscrito
a la Administración de Justicia, deberán enviar a la Intervención General y a la Dirección
General de Planificación y Presupuesto, dentro de los primeros quince días de febrero,
un informe justificativo de los criterios aplicados para la valoración del coste final de los
efectivos, que hayan servido de fundamento para reflejar el compromiso de gasto
contabilizado inicialmente.
2. La financiación de los puestos que se cubran durante 2022 no podrá realizarse,
íntegramente, con economías generadas durante el año en los créditos del capítulo 1
«Gastos de personal», ni con créditos de dotaciones globales que no respondan a la
finalidad para las que fueron presupuestados, y tendrá como límite el coste de la plantilla
presupuestaria. No obstante, los supuestos de provisión de puestos que impliquen
incremento de coste, pero no un aumento de los efectivos, se podrán financiar con las
economías que se generen en los créditos consignados para financiar los puestos
dotados en la plantilla presupuestaria.
3. La incorporación de personal, la formalización de nuevos contratos de trabajo,
así como la modificación de la categoría profesional del personal laboral requerirán la
existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente. A tal efecto, con carácter
previo a la efectiva incorporación del personal, se reservará el crédito necesario para
cubrir la correspondiente variación de efectivos.
La convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo mediante libre designación
solo podrá tener lugar si el puesto está dotado previamente.

cve: BOE-A-2022-2544
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 41