I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2022-2543)
Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 20033

Así, se establece un mecanismo específico, voluntario, transitorio y excepcional de
regularización de las instalaciones eléctricas de baja tensión más antiguas, para habilitar
la aplicación de la reglamentación técnica vigente en la fecha de su puesta en servicio.
c) Se modifica el artículo 6 bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación
del Sector Eléctrico Canario (que establece un procedimiento excepcional para la
autorización de obras declaradas de interés general para el suministro de energía
eléctrica, en las que concurren razones de urgencia o de excepcional interés), al objeto
de corregir las disfunciones detectadas en su aplicación e incidir en la agilización
procedimental (por ejemplo, previendo que el trámite de consulta al cabildo y al
ayuntamiento de este procedimiento se realice simultáneamente con el trámite de
consultas del procedimiento de autorización sustantiva; clarificando que el objeto de
dichos informes se limita a analizar la compatibilidad del proyecto con el planeamiento
territorial o urbanístico; o estableciendo la presunción del carácter favorable de dichos
informes en caso de su no emisión, salvo excepciones contempladas en el propio
precepto).
Acciones de renovación y modernización turística

En los últimos años se ha llevado a cabo un proceso de renovación del espacio
turístico de Canarias, que aun siendo insuficiente, ha supuesto un comienzo para
conseguir la recualificación de los espacios turísticos maduros del archipiélago. El
objetivo ha sido, y sigue siendo, contribuir a que la ciudad turística se convierta en un
producto altamente competitivo: establecer un modelo de ciudad activa y de calidad, que
satisfaga a turistas y residentes. En definitiva, recuperar una ciudad turística con
identidad.
El marco normativo de referencia para este objetivo de renovación y modernización
requiere de una revisión constante que permita detectar los problemas generados con su
aplicación práctica, así como adaptarse al contexto socioeconómico de cada momento. Y
esta tarea adquiere una importancia crítica en la coyuntura actual de grave contracción
económica, después de más de varios meses de paralización total del sector turístico y
existiendo aún muchos establecimientos cuya reapertura será lenta y progresiva (con el
impacto que todo ello está generando sobre la economía en su conjunto y sobre el
empleo). Existe, además, la evidencia de que en muchos establecimientos seguirá
siendo necesario realizar adaptaciones como consecuencia de las medidas sanitarias y
de distanciamiento social.
En este sentido, en el Pacto para la Reactivación Social y Económica de Canarias
de 30 de mayo de 2020, se enfatiza que la recuperación de la actividad turística pasa por
utilizar la seguridad sanitaria como un argumento competitivo más dentro de la estrategia
de promoción turística de Canarias y como elemento diferenciador de nuestra comunidad
en el plano internacional. En dicho documento se prevé, asimismo, la necesidad de
articular medidas vinculadas a la promoción de los productos turísticos canarios, la
rehabilitación de los espacios hoteleros y comerciales y la adaptación de los espacios
turísticos a la sostenibilidad ambiental, para reactivar cuanto antes la afluencia de
turistas al archipiélago, haciendo especial hincapié en la condición de Canarias como
destino seguro, pero también sostenible.
En ese marco, mediante la presente ley se adoptan, por un lado, medidas temporales
que pretenden fomentar que los establecimientos ofrezcan seguridad a los usuarios
turísticos en esta nueva situación; y, por otro, una serie de medidas de agilización
dirigidas a facilitar la ejecución de obras de renovación y modernización que no
conlleven incremento de plazas alojativas en los establecimientos renovados.

cve: BOE-A-2022-2543
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