III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2515)
Resolución de 19 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Roquetas de Mar n.º 3, por la que se deniega la inscripción de la rectificación de la descripción de una finca registral y de su representación gráfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19828

v) Croquis escala 1:2000 en donde se marca la supuesta superficie invadida. Dicho
croquis no ha sido realizado por técnico competente como así consta en el mismo.
vi) Copia de plano fecha 01/01/2004, donde no se puede determinar su
procedencia, origen, ni tampoco se determina de forma fehaciente si la fecha
corresponde o no con el plano aportado.
vii) Documento de Geoportal JPG en donde consta la superficie que TECMA
pretende inscribir.
No existe otra documentación, o bien no ha sido entregada a TECMA para su cotejo
y comprobación (…).
Tercera. Que TECMA adquirió las fincas registrales a la mercantil Áridos Giménez,
S.A. con fecha 11 de agosto del 2.006 ante el Notario de Almería D. Enrique López
Monzó con número 2.636 de su protocolo (después agrupadas). El título aportado por la
mercantil Áridos Giménez, S.A. fue su propia escritura de constitución de fecha 20 de
diciembre de 1.985. Es de reseñar que Áridos Giménez, S.A. a su vez, es y ha sido
constituyente de TECMA (…) Desde el año 1.985 hasta la fecha no se han alterado los
linderos originales ni se ha invadido finca alguna, no constando reclamación alguna por
parte de ningún colindante.
Cuarta. Que teniendo en cuenta que la única discrepancia puesta de manifiesto se
centra en la finca registral 21.761 de Vícar, propiedad de la familia S. P., y que concuerda
con la referencia catastral 04102A002000320000TU, los datos obrantes registros
públicos registrales y catastrales son:
– Nota Simple Informativa de fecha 30 de septiembre de 2021.
Finca de Vícar n.º 21.761.
Idufir 04014001190543.
Descripción de la finca:
Rústica: Trozo de tierra de pastos en término municipal de Vícar, en el paraje (…),
perteneciente a la finca denominada (…), de superficie seis hectáreas, sesenta áreas,
veintiocho centiáreas. Linda; Norte, M. C. G. E. (parcela 50), A. G. G. (parcela 25), M. C.
B. G. (parcela 20) y Camino (…) (Ayuntamiento de Vícar, parcela 9008); Sur, F. S. B.
(parcela 109 del polígono 9 del municipio de La Mojonera), que coincide con el límite del
término municipal entre Vícar y La Mojonera; Este, «Áridos Giménez, S.A.», (parcela 31);
y Oeste, M. M. B. (parcela 27). Polígono 2, parcela 32. Referencia catastral:
04102A002000320000TU.
La descripción de la finca y sus linderos fueron efectuadas por el representante de la
familia S. P. con motivo de la adecuación de las fincas catastrales a la realidad registral
con fecha anterior a la adquisición por parte de TECMA, y en donde se pone de
manifiesto que la finca 21.761 linda por el este, con la parcela 31 del Polígono 2 de
Vícar, propiedad de Áridos Giménez, S.A., hoy TECMA. La cabida registral de la
finca 21.761 es de 66.028 m2. Nos remitimos a la información histórica de la finca 21.761
que obra en el Registro de la Propiedad N.º 3 de Roquetas de Mar (…)
– Certificado informativo del Catastro de fecha 30 de septiembre de 2021.
A tenor de la información catastral de la Referencia Catastral
04102A002000320000TU Parcela 32 del Polígono 2 de Vícar, la cabida catastral de ficha
finca es de 66.028 m² (…).
Por lo anteriormente expuesto, el hoy copropietario colindante que se opone a la
inscripción promovida por TECMA ¿Cómo es posible que pueda aseverar que la finca
registral 25.315 de Vícar, en la cual está incluida la parcela 31 del Polígono 2 de Vícar
invade su finca en 16.396 m² si la superficie catastral y registral coinciden exactamente
en 66.028 m²? Reiteramos que la adecuación catastral y linderos de la finca 25.315 fue
realizada por D. M. S. P. con anterioridad a la compra de TECMA de la finca 21.761. La

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