III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2515)
Resolución de 19 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Roquetas de Mar n.º 3, por la que se deniega la inscripción de la rectificación de la descripción de una finca registral y de su representación gráfica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de febrero de 2022

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III
Contra la anterior nota de calificación, don A. J. L., en nombre y representación de la
mercantil «Técnicas Medioambientales Avanzadas, S.L.», interpuso recurso el día 2 de
noviembre de 2021 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«Antecedentes de hecho.
Primero.–Con fecha 18 de marzo del 2021, mediante escritura pública autorizada por
el Notario de Roquetas de Mar (Almería), don Enrique López Monzó con número 525/21
de su protocolo, se presenta para su calificación e inscripción Rectificación Gráfica de
Descripción de Finca, por lo que TECMA pretende la adaptación de la cabida real con la
catastral, de las fincas Registral 4021 del R.P. de Roquetas de Mar N.º 2 y Finca
Registral 25.315 del R.P. de Roquetas de Mar n.º 3, ambas fincas agrupadas y
trasladadas al R.P. de Roquetas de Mar n.º 3 (…)
Que para ello se adjuntaba al meritado protocolo, una descripción gráfica con
coordenadas UTM, en donde de forma precisa se determinaba la cabida de la mentada
finca elaborada por técnico competente.
Segundo.–Con fecha 27 de mayo del 2021 fue presentada primera copia de dicha
escritura de Rectificación de Descripción de Finca ante el Registrador de la Propiedad
N.º 3 de Roquetas de Mar, en solicitud de inscripción, junto con la documentación
necesaria para dicho acto.
Tercero.–El Sr. Registrador de la Propiedad N.º 3 de Roquetas de Mar, al calificar la
citada escritura pública extendió la nota que consta al pie de dicho instrumento notarial, y
por la que se deniega la solicitada inscripción por el defecto «suspender la inscripción de
la representación gráfica georreferenciada de la registral 25.315 de Vícar por el defecto
subsanable de existir duda fundada acerca de la identidad o correspondencia exacta
entre tal representación y dicha finca registral, que excluya la invasión parcial del predio
colindante por el Oeste, según la alegación formulada por su propietario. Como
consecuencia de lo anterior la base gráfica georreferenciada que no puede causar
inscripción impide así mismo alterar la superficie y linderos de la citada finca
registral 25.315, hasta que se produzca el deslinde que se regular en el Art. 200 de Ley
Hipotecaria» (…)
Dicha calificación obedece a un escrito de fecha 27 de Julio del 2.021 presentado por
D. N. S. P., como copropietario (20%) de la finca registral 21.761 de Vícar
correspondiente a la referencia catastral 04102A002000320000TU, en donde y
resumiendo, que la parcela del termino de Vícar Finca Registral 25.315 de TECMA
invade la finca registral de su propiedad en 16.396 m2 (…)
Cuarto.–Entendiendo esta parte que la mencionada nota es improcedente es por lo
que se formula el presente recurso (…) sobre la base de las siguientes Alegaciones:
Primera. Que el escrito presentado por D. N. S. P. carece de legitimación registral,
toda vez que adolece de la autorización y representación expresa por parte del resto de
titulares registrales, incluso alguno de ellos fallecidos, por sus respectivos herederos.
Segunda. Que rotundamente no es cierto que la finca propiedad de TECMA invada
la registral de la familia S. P. A tenor de la documentación solicitada al Registro de la
Propiedad n.º 3 de Roquetas Mar sobre la oposición del Sr. S. P. a nuestra inscripción, la
misma consta de:
i) Escrito de acuse de recibo de documentación entregada a nuestro representante
P. V. V.
ii) Escrito de calificación del Sr. Registrador del R.P. N.º 3 de Roquetas de Mar de
fecha 29 de septiembre del 2021.
iii) Escrito de oposición de fecha 23 de Julio del 2021 presentado por D. N. S. P.
iv) Copia de Plano sin coordenadas UTM ni georreferenciada, en donde se marca
la supuesta superficie invadida.

cve: BOE-A-2022-2515
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Núm. 40