III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2505)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Mogán a inscribir una escritura de elevación a público de un contrato de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de febrero de 2022

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II
Presentadas el día 19 de agosto de 2021 las tres escrituras referidas en el Registro
de la Propiedad de Mogán, fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
«Registro de la Propiedad de Mogán.
Entrada Número: 2390 19/08/2021.
Asiento número: 1483 del Libro Diario 31.
Presentado en Mogán a diecinueve de agosto del año dos mil veintiuno a
las 13:55:55.
Presentante: por correo de doña A. C. G. S.
Datos de la escritura:
Escritura de elevación a público de compraventa autorizada el día tres de julio de dos
mil doce ante el Notario de Torrejón de Ardoz, don José María Piñar Gutiérrez, bajo el
número dos mil ciento veinticinco de su protocolo; escritura autorizada ante el Notario
anteriormente reseñado, el día dieciséis de enero de dos mil trece protocolo ciento treinta y
dos; escritura pública autorizada el día diecinueve de enero de dos mil dieciséis ante el
Notario de Las Palmas de Gran Canaria, don José del Cerro Peñalver, número 69 de
protocolo.
La Registradora de la propiedad que suscribe, previo examen y calificación de los
documentos cuyos datos se reseñan previamente, conforme a los artículos 18 y 19 bis de la
Ley Hipotecaria y 98 de su Reglamento ha resuelto no practicar las operaciones solicitadas
por apreciarse defectos, de acuerdo con los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
En escritura de elevación a público de compraventa autorizada el día tres de julio de
dos mil doce ante el Notario de Torrejón de Ardoz, don José María Piñar Gutiérrez, bajo
el número dos mil ciento veinticinco de su protocolo, la entidad "Curgot Construcciones,
SL" representada por su administradora única doña A. C. G. S. eleva a público
unilateralmente un contrato privado de compraventa celebrado el día diecinueve de Abril
de mil novecientos noventa y ocho en el que don F. M. R., vende a la entidad "Curgot
Construcciones, SL" una finca cuya descripción es la siguiente: "Trozo de terreno de
labor y arrife en (…) en término municipal de Mogán, que mide tres hectáreas y
cincuenta y seis áreas y nueve centiáreas. Linda: Norte, terrenos de L. M. R. o resto de
la finca matriz; Sur, terrenos de herederos de A. M. S. y A. M. S. y Poniente, con terrenos
de L.H P.". En la propia escritura se dispone que la parcela vendida se corresponde al
porcentaje en pleno dominio correspondiente al vendedor don F. M. R. y segregada en
abril de mil novecientos noventa y ocho de la finca 1.885 de Mogán.
La finca registral 1.885 de la que se efectúa la segregación tiene la siguiente
descripción: Rústica, en término municipal de Mogán, en (…) Terreno de labor y arrifes
que mide catorce hectáreas, veinticuatro áreas y treinta y ocho centiáreas. Linda: Norte,
finca de doña M. M. S., Sur, terrenos de doña A. M. S.; Naciente, otros terrenos de don
M. y don A. M. S. y Poniente, con terrenos de L.H. P. Dentro de los expresados linderos
se contiene un estanque que no pertenece a esta finca al formar predio independiente
que se conserva en proindiviso entre todos los interesados, finca registral 1.917". Dicha
finca matriz consta inscrita a favor de don L. M., y de los hermanos don L., doña R. D.,
doña L. C. y don F., M. R., en la proporción de: el pleno dominio de una mitad indivisa
con carácter privativo el primero, y el pleno dominio de una octava parte indivisa con
carácter privativo a cada uno de los señores M. R., y todos por título de adjudicación si
disolución de comunidad de bienes.
Posteriormente en escritura autorizada ante el Notario anteriormente reseñado, el día
dieciséis de enero de dos mil trece protocolo ciento treinta y tres, la compradora
manifiesta que en realidad la superficie real de la finca es de tres hectáreas, setenta y
dos áreas y ochenta y una centiáreas y procede a actualizar la descripción de la finca
vendida que queda descrita en los siguientes términos: "Finca perteneciente al
polígono 14 de (…), en término municipal de Mogán, (Gran Canaria) calificada de urbana

cve: BOE-A-2022-2505
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