III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2504)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 3, por la que se deniega la inscripción de una escritura de opción de compra, con pacto de arras y condición resolutoria del derecho de opción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19708

consecuencia, la previsión acerca de las denominadas arras, con la propia naturaleza de
la opción, al permitir que no haya de mantenerse durante el plazo estipulado.
2.º Para el caso de no estimarse el defecto anterior, siendo la fecha de
otorgamiento de la escritura el día 23 de junio de 2021, al pactarse una duración de la
opción de 18 meses, no resulta congruente que se fije como fecha final el día 25 de
diciembre de 2022, de acuerdo con el cómputo legal de plazos establecido en el
artículo 5 del Código Civil.
3.º Se deniega el acceso registral de lo siguiente: apoderamientos, lo establecido
para el caso de falta de entrega de la posesión, las cláusulas, octava a undécima, todo
ello por falta de trascendencia real.
En virtud de lo expuesto, acuerdo el día 9 de agosto de 2021 denegar la inscripción
solicitada por el defecto insubsanable indicado en el número 1.º de los Fundamentos de
Derecho, concurriendo además el defecto señalado en el número 2.º, que se califica de
subsanable, denegándose el acceso registral de lo expresado en el número 3.º.
Contra el presente fallo del registrador los interesados podrán (…)
En Cartagena, a nueve de agosto de dos mil veintiuno. La registradora Fdo.: María
del Carmen García-Villalba Guillamón.»
III
Solicitada el día 1 de septiembre de 2021 calificación sustitutoria, correspondió la
misma a la registradora de la Propiedad de Alcantarilla, doña Ana María Pagán Pérez,
quien, con fecha 24 de septiembre de 2021 confirmó la calificación de la registradora de
la Propiedad de Cartagena número 3 en los siguientes términos:
«Doña Ana María Pagán Pérez, registradora de la Propiedad de Alcantarilla,
circunscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de
la Región de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 bis de la Ley
Hipotecaria y en el Real Decreto 1039/2003, de 1 de agosto, tengo a bien exponer:
a. Que a las 10:32 horas del día treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno se
recibió en el Registro de la que soy titular, un correo electrónico cuyo remitente es
“Servicio Intranet Cuadro de Sustituciones” en el que se indica, en relación con el
expediente “2021/401”, que el Registro de la Propiedad de Alcantarilla es “Registro
sustituto”, del Registro de Cartagena número 3, por el motivo de calificación negativa de
la escritura otorgada el día 23 de junio de 2021, ante el Notario don Juan Isidro Gancedo
del Pino, protocolo 1.219, la cual motivó el asiento de presentación 1.315 del Diario 31
ese Registro.
b. Que con fecha uno de septiembre de dos mil veintiuno, se presentó por don D.
D. C. copia autorizada de la escritura de referencia, en la que consta la correspondiente
nota de calificación firmada por doña María del Carmen García-Villalba Guillamón,
Registradora de la Propiedad de Cartagena número 3 con fecha 23 de agosto de 2.021,
a cuya documentación le ha correspondido el número 3.601/2021 del Libro de entrada de
este Registro.
c. Que el mismo día uno de septiembre, a través de la Intranet, se procedió a
confirmar la calificación sustitutoria así como a cumplimentar la fecha de iniciación del
procedimiento; además con la misma fecha por correo electrónico se notificó al Registro
sustituido la recepción de la documentación objeto de calificación y al mismo tiempo se
solicitó de dicho Registro la información registral completa necesaria para el adecuado
ejercicio de la función calificadora, ello en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 19 bis de la Ley Hipotecaria y 6 del Real Decreto 1.039/2003, de 1 de agosto.
d. Que con fecha dos del presente mes de septiembre tuvo entrada en este
Registro, por telefax y cuyo remitente es el Registro de la Propiedad de Cartagena
número 3 la información registral necesaria a fin de proceder a la calificación.

cve: BOE-A-2022-2504
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