III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-2453)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda modificativa y prórroga del Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Asociación Española de Entidades de Pago, en materia de intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Martes 15 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19488

CLÁUSULAS
Primera.
Modificar parcialmente la cláusula octava que queda redactada de la siguiente forma:
«Octava.

Protección de datos.

A. En cumplimiento del artículo 28.3 b) del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos, el personal que preste servicios en las
Entidades proveedoras de servicios de pago adheridas a este Convenio deben
tener el conocimiento de que la copia de programas y/o uso de datos de carácter
personal en tareas impropias son operaciones ilegales que pueden dar lugar a
responsabilidades administrativas y, en concreto, las establecidas en la normativa
de protección de datos vigente en cada momento, así como a responsabilidades
de cualquier otra naturaleza, incluso penales, razón por la cual cuando, por
cualquier medio, se tengan indicios de la utilización de datos, con finalidad distinta
a la propia gestión asignada al cesionario, o su difusión indebida, infringiendo así
el deber de secreto profesional, se pondrán dichos hechos en conocimiento dela
TGSS, al objeto de procurar la adopción de las medidas pertinentes entre ambas
partes. Para ello, cada entidad financiera asume la responsabilidad de contar con
el compromiso de confidencialidad con respecto de cada uno de sus trabajadores
para el trato de datos personales. Este compromiso estará vigente durante la
relación laboral y una vez terminada ésta.
B. Las Entidades proveedoras de servicios de pago adheridas a este
Convenio como entidades cesionarias aceptan y asumen por el presente
documento que la cesión de datos se produce a los fines exclusivos que se
especifican en el mismo, por lo que cualquier otro uso que se haga de dichos
datos constituirá un incumplimiento del presente Convenio que facultará a la
TGSS para exigir las responsabilidades oportunas.
Las Entidades proveedoras de servicios de pago adheridas a este Convenio
serán responsables frente a la Tesorería y frente a terceros de cualquier
reclamación derivada del uso indebido que se haga por los usuarios de los datos
cedidos, eximiendo a la TGSS de cualquier responsabilidad a este respecto. La
TGSS podrá repetir contra las Entidades cesionarias por cualquier indemnización
que deba satisfacer derivada de dicho incumplimiento.
C. Las Entidades proveedoras de servicios de pago adheridas al Convenio
deberán realizar las actividades de control que garanticen la debida custodia y

cve: BOE-A-2022-2453
Verificable en https://www.boe.es

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan
tener acceso con la finalidad indicada en el presente Convenio y a no utilizarlos
para fines distintos de los previstos en este Convenio y a no difundirlos ni cederlos
a terceros, en cumplimiento con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, en su normativa de desarrollo así como en la
normativa específica aplicable a los datos, informes o antecedentes obtenidos por
Ia Administración de la Seguridad Social, (artículo 40 del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social).
En concreto: