III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-2445)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica La Revuelta de 126 MWp y su infraestructura de evacuación, en Manzanares (Ciudad Real)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19371
el riesgo de colisión para la avifauna se puede minimizar mediante medidas correctoras;
en la ejecución en subterráneo, el citado impacto no desaparecería debido a que sería
necesario ejecutar dos apoyos de entronque aéreo subterráneo en las proximidades de
las subestaciones.
No se comparte la valoración del promotor en cuanto al método de ejecución de la
línea aérea, que estima que el impacto ambiental será mayor si se ejecuta en
subterráneo. El volumen estimado de movimientos de tierra no se considera significativo,
teniendo en cuenta además que no existe vegetación, flora o hábitats de interés que
puedan verse afectados por la excavación de la zanja. Por otro lado, la presencia de
aves esteparias en la zona supone el factor ambiental más relevante a tener en cuenta,
minimizándose el riesgo de colisión con dos simples apoyos de entronque en lugar de
los 17 proyectados en el trazado aéreo. Resulta incoherente que el promotor valore el
riesgo de colisión de 40 m de línea al comparar las alternativas 1 y 2 de trazado, pero no
tenga en cuenta la diferencia de más de 4.600 m que supone la ejecución en aéreo o en
subterráneo.
En línea con este criterio, la Dirección General de Economía Circular de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
(JCCM) informa desfavorablemente la evacuación en aéreo en base al impacto
acumulativo que supondría junto con las líneas preexistentes y la afección a una vía
pecuaria cercana. La citada Dirección General sugiere que se aprovechen las
canalizaciones previstas para otras plantas fotovoltaicas proyectadas en las
inmediaciones, reduciendo la tensión de evacuación a 30 kV si fuera preciso.
El promotor responde manifestando la imposibilidad técnica de compartir evacuación
con otros promotores en 30 kV y su oposición al trazado subterráneo en 132 kV,
remitiéndose a la valoración realizada en el EsIA y argumentando que el informe de la
Dirección general de Medio Natural y Biodiversidad no sugiere el soterramiento de la
línea.
A la vista del EsIA y de la respuesta del promotor, se deduce que la ejecución de la
evacuación de la energía mediante canalización subterránea de la línea de 132 kV de
tensión nominal según el trazado propuesto por el promotor es una alternativa técnica
perfectamente viable, por lo que se considera la más adecuada desde el punto de vista
ambiental.
B.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Considerados el EsIA, las contestaciones a las consultas y las alegaciones recibidas,
se destacan los impactos más significativos del proyecto sobre los distintos factores
ambientales y su tratamiento, considerando la alternativa 1 de ubicación de la planta y la
alternativa 2 del trazado de la línea eléctrica mediante canalización subterránea.
Geomorfología. Suelo, subsuelo y geodiversidad.
En fase de construcción, la ejecución de los viales (tanto la adecuación como la
apertura de nuevos caminos) y la implantación de los seguidores y los centros de
transformación, así como la excavación de zanjas para el cableado, conllevarán
movimientos de tierra que producirán pérdidas de suelo, alteración de su estructura y
compactación.
La superficie total de ocupación de la planta fotovoltaica, definida por el perímetro del
vallado es de 302 ha, de las cuales la ocupación definitiva por seguidores, viales y
centros de transformación se ha estimado en 73 ha, por lo que las 229 ha restantes
(un 75%) permanecerán naturalizadas y permitirán el crecimiento de vegetación. De
esas 73 ha, 68 serán ocupadas por los seguidores, los cuales se implantarán mediante
hinca directa en el terreno, por lo que la gran mayoría de la superficie del proyecto no
verá modificada su estructura edáfica. La orografía llana del ámbito del proyecto
determina que no serán necesarias grandes nivelaciones de terreno, minimizando así los
movimientos de tierras. Por otro lado, serán necesarias unas 4,55 ha para áreas
cve: BOE-A-2022-2445
Verificable en https://www.boe.es
B.1
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19371
el riesgo de colisión para la avifauna se puede minimizar mediante medidas correctoras;
en la ejecución en subterráneo, el citado impacto no desaparecería debido a que sería
necesario ejecutar dos apoyos de entronque aéreo subterráneo en las proximidades de
las subestaciones.
No se comparte la valoración del promotor en cuanto al método de ejecución de la
línea aérea, que estima que el impacto ambiental será mayor si se ejecuta en
subterráneo. El volumen estimado de movimientos de tierra no se considera significativo,
teniendo en cuenta además que no existe vegetación, flora o hábitats de interés que
puedan verse afectados por la excavación de la zanja. Por otro lado, la presencia de
aves esteparias en la zona supone el factor ambiental más relevante a tener en cuenta,
minimizándose el riesgo de colisión con dos simples apoyos de entronque en lugar de
los 17 proyectados en el trazado aéreo. Resulta incoherente que el promotor valore el
riesgo de colisión de 40 m de línea al comparar las alternativas 1 y 2 de trazado, pero no
tenga en cuenta la diferencia de más de 4.600 m que supone la ejecución en aéreo o en
subterráneo.
En línea con este criterio, la Dirección General de Economía Circular de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
(JCCM) informa desfavorablemente la evacuación en aéreo en base al impacto
acumulativo que supondría junto con las líneas preexistentes y la afección a una vía
pecuaria cercana. La citada Dirección General sugiere que se aprovechen las
canalizaciones previstas para otras plantas fotovoltaicas proyectadas en las
inmediaciones, reduciendo la tensión de evacuación a 30 kV si fuera preciso.
El promotor responde manifestando la imposibilidad técnica de compartir evacuación
con otros promotores en 30 kV y su oposición al trazado subterráneo en 132 kV,
remitiéndose a la valoración realizada en el EsIA y argumentando que el informe de la
Dirección general de Medio Natural y Biodiversidad no sugiere el soterramiento de la
línea.
A la vista del EsIA y de la respuesta del promotor, se deduce que la ejecución de la
evacuación de la energía mediante canalización subterránea de la línea de 132 kV de
tensión nominal según el trazado propuesto por el promotor es una alternativa técnica
perfectamente viable, por lo que se considera la más adecuada desde el punto de vista
ambiental.
B.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.
Considerados el EsIA, las contestaciones a las consultas y las alegaciones recibidas,
se destacan los impactos más significativos del proyecto sobre los distintos factores
ambientales y su tratamiento, considerando la alternativa 1 de ubicación de la planta y la
alternativa 2 del trazado de la línea eléctrica mediante canalización subterránea.
Geomorfología. Suelo, subsuelo y geodiversidad.
En fase de construcción, la ejecución de los viales (tanto la adecuación como la
apertura de nuevos caminos) y la implantación de los seguidores y los centros de
transformación, así como la excavación de zanjas para el cableado, conllevarán
movimientos de tierra que producirán pérdidas de suelo, alteración de su estructura y
compactación.
La superficie total de ocupación de la planta fotovoltaica, definida por el perímetro del
vallado es de 302 ha, de las cuales la ocupación definitiva por seguidores, viales y
centros de transformación se ha estimado en 73 ha, por lo que las 229 ha restantes
(un 75%) permanecerán naturalizadas y permitirán el crecimiento de vegetación. De
esas 73 ha, 68 serán ocupadas por los seguidores, los cuales se implantarán mediante
hinca directa en el terreno, por lo que la gran mayoría de la superficie del proyecto no
verá modificada su estructura edáfica. La orografía llana del ámbito del proyecto
determina que no serán necesarias grandes nivelaciones de terreno, minimizando así los
movimientos de tierras. Por otro lado, serán necesarias unas 4,55 ha para áreas
cve: BOE-A-2022-2445
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B.1