III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-2445)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica La Revuelta de 126 MWp y su infraestructura de evacuación, en Manzanares (Ciudad Real)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 19391

3. La línea eléctrica de evacuación de alta tensión (LAT) de 132 kV se ejecutará
mediante canalización subterránea en toda su longitud (de 4,68 km) hasta la
Subestación Eléctrica Colectora 400/132/30 kV denominada «SE2 Manzanares»,
eliminando de esta forma el riesgo de colisión para la avifauna.
4. Con el objetivo de mejorar la calidad del hábitat para la avifauna, se realizarán
las siguientes actuaciones sobre tendidos eléctricos existentes:
– Eliminación/desmantelamiento del tendido eléctrico de 15 kV en desuso a su paso
por las parcelas 1 y 3 del polígono 119, 20 y 22 del polígono 16 y 2 y 3 del polígono 120
del T.M. de Manzanares (longitud total 1,7 km aproximadamente). Se valorará la
adecuación de la estructura del centro de transformación para nidificación de cernícalo
primilla o lechuza común.
– Eliminación/desmantelamiento del tendido eléctrico de 15 kV en desuso a su paso
por las parcelas 11, 28 y 29 del polígono 118, y 8 y 9 del polígono 119 del T.M. de
Manzanares (longitud total 3,1 km aproximadamente).
– Soterramiento del tendido eléctrico de 15 kV a su paso por las parcelas 1 y 8 del
polígono 119, del T.M. de Manzanares (longitud total 1,7 km aproximadamente),
siguiendo el trazado propuesto por el promotor para el retranqueo.
Se presentará una propuesta de actuaciones a la Delegación Provincial de Desarrollo
Sostenible de Ciudad Real, quien podrá disponer el mantenimiento de algunos de los
apoyos como posaderos para avifauna.
5. El cerramiento de la planta fotovoltaica en todos sus recintos será un vallado de
tipo cinegético, completamente permeable y seguro para la fauna silvestre, y cumplirá
con lo dispuesto en el Decreto 242/2004, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo
Rústico en Castilla-La Mancha y la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza en
Castilla-La Mancha: medidas 200/20/30 cm (altura y separación hilos horizontal y
vertical), no tendrá anclaje al suelo, ni cable tensor inferior, ni faldón, ni voladizos o
visera superior, ni elementos cortantes, punzantes, dispositivos o trampas que impidan o
dificulten la salida de fauna de los recintos. La malla tendrá un entramado de al
menos 15 cm de alto por 30 de ancho en su zona inferior y contará con señalizaciones
intercaladas cada 10 metros (tablillas de materiales naturales o señales reflectantes)
para reducir el riesgo de colisión con avifauna. Además, se ejecutarán gateras cada 500
metros.
6. Con carácter previo al replanteo de la obra, deberá llevarse a cabo una
prospección sobre el terreno en profundidad de todos los majanos de piedra natural o
superficies de improductivo existentes en las parcelas de implantación del proyecto, con
la finalidad de localizar puntos de nidificación de mochuelo europeo (Athene noctua) u
otras rapaces nocturnas, comunicando a la Delegación Provincial de Desarrollo
Sostenible en Ciudad Real cualquier hallazgo positivo. Se prohíbe la destrucción o
traslocación de aquellos majanos en los que se hayan localizado y certificado por parte
del órgano competente puntos de nidificación en virtud de la prospección anterior hasta
que dicho organismo determine las medidas de protección pertinentes, debiendo
retranquear o modificar la disposición de los módulos fotovoltaicos en consecuencia si es
preciso.
7. Con el objetivo de fomentar la cría y reproducción de las especies de rapaces
nocturnas del entorno, se instalarán dos plataformas con cajas-nido específicas para
lechuza común y tres majanos de piedra natural con 3 cajas-nido cada uno específicas
para mochuelo común, de acuerdo con los diseños propuestos en el EsIA.
8. Se establecerá un área de compensación por pérdida de hábitat de especies de
avifauna esteparia de 302 ha (equivalente al 100% de la superficie interior del
cerramiento de la planta fotovoltaica), en la que se llevarán a cabo actuaciones
encaminadas al fomento y mejora del hábitat de estas especies durante toda la vida útil
de la planta fotovoltaica hasta su desmantelamiento definitivo.
Se seleccionarán terrenos dedicados a la agricultura de herbáceas en régimen de
secano (y que no estén adscritas a ningún perímetro de riesgo autorizado o en trámite de

cve: BOE-A-2022-2445
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