III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-2445)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica La Revuelta de 126 MWp y su infraestructura de evacuación, en Manzanares (Ciudad Real)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19390
concretarán las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies
vegetales a utilizar, métodos de siembra y plantación y resto de prescripciones técnicas,
así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. El Plan será remitido al
Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales de Ciudad Real para su validación.
Como mínimo, comprenderá las siguientes áreas de revegetación:
– Pantalla vegetal perimetral de 14.188 m de longitud. Dicha pantalla se instalará en
tres filas con especies autóctonas propias del entorno: retama (Retama sphaerocarpa),
genista (Genista scorpius), lavanda (Lavandula latifolia), coscoja (Quercus coccífera) y
encina (Q. ilex), en marcos de plantación al tresbolillo. Deberá asegurarse la viabilidad y
supervivencia de las plantaciones de la pantalla perimetral, especialmente en época
estival, durante todo el periodo de explotación de la planta, así como la reposición de
marras al menos desde el tercer año de plantación.
– Teselas en el interior de la planta de superficies entre 500 y 2000 m2, sumando un
total de 2 ha, con especies forestales leñosas de matorral características de la serie de
vegetación potencial mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de Quercus
rotundifolia o encina -Bupleuro rigidi-Querceto rotundifoliae: retama (Retama
sphaerocarpa), genista (Genista scorpius), romero (Rosmarinus officinalis), jazmin
silvestre (Jasminum fruticans) y coscoja (Quercus coccífera).
– Encinar de 3,74 ha con una densidad de encinares intermedia (200 encinas/ha.) y
un estrato arbustivo con coscoja (Q. coccifera), espino negro (Rhamnus lycioides) y
jazmín silvestre (Jasminum fruticans), en la parcela próxima a la planta que determine el
Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales de Ciudad Real.
Las plantaciones de la pantalla vegetal perimetral y en el resto de las áreas se
efectuarán con especies autóctonas, de manera irregular para dar un aspecto natural. El
marco de plantación deberá establecerse en función del objetivo pretendido respecto a la
masa a recuperar o crear (dehesa, monte abierto, etc.). En el caso de existir fauna
silvestre o doméstica que pudiera poner en peligro las plantas por ramoneo, deberá
contemplarse la instalación de sistemas como jaulones o protectores para asegurar su
viabilidad.
7. El material forestal de reproducción a emplear en la restauración vegetal (frutos y
semillas, plantas y partes de plantas) procederá de viveros o establecimientos
debidamente inscritos en el Registro de Productores de Plantas de Vivero de la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, viveros oficiales o de aquellos otros
igualmente legalizados. Las dimensiones y calidad exterior de la planta se ajustarán a las
recogidas en el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre Comercialización de los
materiales forestales de reproducción.
Fauna.
1. Con anterioridad a la ejecución de las obras, se llevará a cabo una prospección
detallada de las áreas afectadas por los desbroces y movimientos de tierra, que tendrán
por objetivo la localización de ejemplares de fauna y nidos, refugios o polladas para
evitar su destrucción. Ante cualquier hallazgo, se identificará la especie. En caso de
especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se comunicará a la
Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Ciudad Real, quien determinará las
actuaciones en cada caso para garantizar la supervivencia de los ejemplares y minimizar
la afección.
2. Se consensuará un calendario de obra con la administración competente
(Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Ciudad Real), que incluya parada
biológica en la realización de las obras coincidiendo con la época de reproducción y cría
de las posibles especies amenazadas de la zona (aguilucho cenizo, terrera común,
alcaraván, ganga ibérica, sisón, etc.), por lo que se evitarán las obras entre el 1 de
marzo y el 31 de julio.
cve: BOE-A-2022-2445
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 39
Martes 15 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 19390
concretarán las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies
vegetales a utilizar, métodos de siembra y plantación y resto de prescripciones técnicas,
así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. El Plan será remitido al
Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales de Ciudad Real para su validación.
Como mínimo, comprenderá las siguientes áreas de revegetación:
– Pantalla vegetal perimetral de 14.188 m de longitud. Dicha pantalla se instalará en
tres filas con especies autóctonas propias del entorno: retama (Retama sphaerocarpa),
genista (Genista scorpius), lavanda (Lavandula latifolia), coscoja (Quercus coccífera) y
encina (Q. ilex), en marcos de plantación al tresbolillo. Deberá asegurarse la viabilidad y
supervivencia de las plantaciones de la pantalla perimetral, especialmente en época
estival, durante todo el periodo de explotación de la planta, así como la reposición de
marras al menos desde el tercer año de plantación.
– Teselas en el interior de la planta de superficies entre 500 y 2000 m2, sumando un
total de 2 ha, con especies forestales leñosas de matorral características de la serie de
vegetación potencial mesomediterránea manchega y aragonesa basófila de Quercus
rotundifolia o encina -Bupleuro rigidi-Querceto rotundifoliae: retama (Retama
sphaerocarpa), genista (Genista scorpius), romero (Rosmarinus officinalis), jazmin
silvestre (Jasminum fruticans) y coscoja (Quercus coccífera).
– Encinar de 3,74 ha con una densidad de encinares intermedia (200 encinas/ha.) y
un estrato arbustivo con coscoja (Q. coccifera), espino negro (Rhamnus lycioides) y
jazmín silvestre (Jasminum fruticans), en la parcela próxima a la planta que determine el
Servicio de Política Forestal y Espacios Naturales de Ciudad Real.
Las plantaciones de la pantalla vegetal perimetral y en el resto de las áreas se
efectuarán con especies autóctonas, de manera irregular para dar un aspecto natural. El
marco de plantación deberá establecerse en función del objetivo pretendido respecto a la
masa a recuperar o crear (dehesa, monte abierto, etc.). En el caso de existir fauna
silvestre o doméstica que pudiera poner en peligro las plantas por ramoneo, deberá
contemplarse la instalación de sistemas como jaulones o protectores para asegurar su
viabilidad.
7. El material forestal de reproducción a emplear en la restauración vegetal (frutos y
semillas, plantas y partes de plantas) procederá de viveros o establecimientos
debidamente inscritos en el Registro de Productores de Plantas de Vivero de la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, viveros oficiales o de aquellos otros
igualmente legalizados. Las dimensiones y calidad exterior de la planta se ajustarán a las
recogidas en el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre Comercialización de los
materiales forestales de reproducción.
Fauna.
1. Con anterioridad a la ejecución de las obras, se llevará a cabo una prospección
detallada de las áreas afectadas por los desbroces y movimientos de tierra, que tendrán
por objetivo la localización de ejemplares de fauna y nidos, refugios o polladas para
evitar su destrucción. Ante cualquier hallazgo, se identificará la especie. En caso de
especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se comunicará a la
Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Ciudad Real, quien determinará las
actuaciones en cada caso para garantizar la supervivencia de los ejemplares y minimizar
la afección.
2. Se consensuará un calendario de obra con la administración competente
(Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Ciudad Real), que incluya parada
biológica en la realización de las obras coincidiendo con la época de reproducción y cría
de las posibles especies amenazadas de la zona (aguilucho cenizo, terrera común,
alcaraván, ganga ibérica, sisón, etc.), por lo que se evitarán las obras entre el 1 de
marzo y el 31 de julio.
cve: BOE-A-2022-2445
Verificable en https://www.boe.es
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