II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2022-2267)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18535
b) En su caso, la documentación que justifique la exención total o parcial del pago
de tasas de conformidad con lo dispuesto en la base 5.
c) La documentación prevista en el apartado decimotercero de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, para los aspirantes que tengan la condición de
funcionarios españoles de Organismos Internacionales.
d) La documentación que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 para quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad,
siempre que sea necesaria su presentación de acuerdo con lo previsto en la base 5.4.a).
e) Sentencia judicial firme o resolución administrativa que acredite la condición de
víctima del terrorismo, y, en su caso, la documentación que pruebe la relación de
parentesco o convivencia con la víctima que da derecho a la exención del pago de la
tasa.
f) Dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que
dictaminó el grado de discapacidad, para los aspirantes con discapacidad que soliciten
adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los
ejercicios y pruebas del proceso selectivo, acreditando de forma fehaciente la/s
deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido,
a efectos de que el Tribunal calificador pueda valorar con objetividad la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.
5.6 La documentación complementaria deberá anexarse a la solicitud de inscripción
telemática (modelo 791), dentro del plazo de presentación de solicitudes o presentarse
por vía telemática, en ese mismo plazo, a través de la dirección de Internet https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajaraeat.html. Los aspirantes que, por aplicación de lo previsto en convocatorias anteriores
para los supuestos de acceso por el cupo de reserva para personas con discapacidad o
fomento de la promoción interna, estuvieran exentos de realizar los ejercicios que
hubieran superado en el proceso o procesos anteriores, deberán presentar la solicitud de
participación en el proceso selectivo y manifestar expresamente en la misma que ejercen
ese derecho, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el anexo VI de esta
resolución.
No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio del que hubieran
quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en aquel en la convocatoria
inmediata anterior.
5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
5.8 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse a la información y ayuda incluida en el siguiente enlace:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/otros-serviciosayuda-tecnica/incidencias-presentacion-modelo-791.html.
5.9 La no presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo en
tiempo y forma supondrá la no admisión del aspirante.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Las convocatorias previstas en las normas específicas recogen las plazas
reservadas para el cupo de personas con discapacidad autorizadas en el Real
Decreto 636/2021 de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2021.
6.2 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, en
la forma prevista en la base 5 y habrán de consignarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
6.3 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del
cve: BOE-A-2022-2267
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 38
Lunes 14 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 18535
b) En su caso, la documentación que justifique la exención total o parcial del pago
de tasas de conformidad con lo dispuesto en la base 5.
c) La documentación prevista en el apartado decimotercero de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, para los aspirantes que tengan la condición de
funcionarios españoles de Organismos Internacionales.
d) La documentación que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 para quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad,
siempre que sea necesaria su presentación de acuerdo con lo previsto en la base 5.4.a).
e) Sentencia judicial firme o resolución administrativa que acredite la condición de
víctima del terrorismo, y, en su caso, la documentación que pruebe la relación de
parentesco o convivencia con la víctima que da derecho a la exención del pago de la
tasa.
f) Dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que
dictaminó el grado de discapacidad, para los aspirantes con discapacidad que soliciten
adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los
ejercicios y pruebas del proceso selectivo, acreditando de forma fehaciente la/s
deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido,
a efectos de que el Tribunal calificador pueda valorar con objetividad la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.
5.6 La documentación complementaria deberá anexarse a la solicitud de inscripción
telemática (modelo 791), dentro del plazo de presentación de solicitudes o presentarse
por vía telemática, en ese mismo plazo, a través de la dirección de Internet https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajaraeat.html. Los aspirantes que, por aplicación de lo previsto en convocatorias anteriores
para los supuestos de acceso por el cupo de reserva para personas con discapacidad o
fomento de la promoción interna, estuvieran exentos de realizar los ejercicios que
hubieran superado en el proceso o procesos anteriores, deberán presentar la solicitud de
participación en el proceso selectivo y manifestar expresamente en la misma que ejercen
ese derecho, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el anexo VI de esta
resolución.
No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio del que hubieran
quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en aquel en la convocatoria
inmediata anterior.
5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
5.8 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse a la información y ayuda incluida en el siguiente enlace:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/otros-serviciosayuda-tecnica/incidencias-presentacion-modelo-791.html.
5.9 La no presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo en
tiempo y forma supondrá la no admisión del aspirante.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Las convocatorias previstas en las normas específicas recogen las plazas
reservadas para el cupo de personas con discapacidad autorizadas en el Real
Decreto 636/2021 de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 28), por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2021.
6.2 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, en
la forma prevista en la base 5 y habrán de consignarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
6.3 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del
cve: BOE-A-2022-2267
Verificable en https://www.boe.es
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