I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE IGUALDAD. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2022-2250)
Orden IGD/90/2022, de 8 de febrero, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Lunes 14 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 18488

Así, mediante esta orden se crea la sede electrónica asociada del Ministerio de
Igualdad, habiendo sido la misma informada favorablemente por el Ministerio de Hacienda
y Función Pública y por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Por lo anterior, resuelvo:
Primero.

Objeto.

Esta orden tiene por objeto la creación de la sede electrónica del Ministerio de
Igualdad, como sede asociada al Punto de Acceso General electrónico (PAGe) de la
Administración General del Estado, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 7 y 10 del
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Segundo.

Ámbito de aplicación.

La sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad incluirá en su ámbito de
aplicación tanto a los órganos de dicho Departamento, como del organismo autónomo
Instituto de las Mujeres, adscrito al mismo a través de la Secretaría de Estado de
Igualdad y contra la Violencia de Género.
Tercero. Identificación de la dirección electrónica de referencia.
La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica asociada del Ministerio
de Igualdad será https://igualdad.sede.gob.es. Esta dirección estará enlazada desde el
portal https://www.igualdad.gob.es.
Cuarto.

Titularidad y gestión.

1. La titularidad de la sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad recaerá
sobre la Subsecretaría de Igualdad y, en consecuencia, también la responsabilidad
respecto de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios a los
que pueda accederse a través de la misma.
2. La gestión de los contenidos comunes y la coordinación con los centros
directivos del departamento y con el Instituto de las Mujeres, corresponderá a la
Subsecretaría. La gestión tecnológica de la sede electrónica asociada del Ministerio
corresponderá a la División de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
3. La gestión de los contenidos y servicios contemplados en el apartado Sexto,
corresponderá a los órganos competentes de los mismos de conformidad con la
legislación vigente, siendo responsabilidad de las personas titulares de dichos órganos la
gestión de la información, servicios, procedimientos y trámites puestos a disposición de
los usuarios de la sede.
Quinto. Canales de acceso.

a) Para el acceso electrónico: a través de Internet, en la forma prevista en el
apartado tercero de esta orden.
b) Para la atención telefónica: a través de los servicios de información
generales (060) y a través de los teléfonos publicados en la propia sede electrónica
asociada del Ministerio de Igualdad o del portal https://www.igualdad.gob.es.
Sexto. Contenidos y servicios.
1. La sede electrónica asociada del Ministerio de Igualdad pondrá a disposición de
las personas interesadas los contenidos y servicios previstos en el artículo 11 del

cve: BOE-A-2022-2250
Verificable en https://www.boe.es

Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede: