III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Gas natural. (BOE-A-2022-2169)
Orden TED/82/2022, de 8 de febrero, por la que se inhabilita a la empresa Fusiona Soluciones Energéticas, SA, para el ejercicio de la actividad de comercialización de gas natural y se determina el traspaso de sus clientes a las comercializadoras de último recurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 17686

Asimismo, el artículo 18.bis, del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre,
establece que la inhabilitación de una empresa comercializadora con contratos de
suministro de gas natural a consumidores finales supondrá el traspaso de los clientes de
la empresa inhabilitada a la comercializadora de último recurso de acuerdo con el
procedimiento establecido en el mismo. Según establece el apartado 4 del artículo
citado, el procedimiento de traspasos de clientes podrá tramitarse de forma acumulada
con el procedimiento de inhabilitación.
Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 24 de
enero de 2022, se acordó el inicio del procedimiento de inhabilitación de la empresa
Fusiona Soluciones Energéticas, S.A., para el ejercicio de la actividad como empresa
comercializadora de gas natural y el traspaso de clientes de la empresa a una
comercializadora de último recurso, en virtud de lo establecido en los artículos 18
y 18.bis del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.
Con fecha 24 de enero de 2022 se ha efectuado la notificación de dicho Acuerdo,
junto con la propuesta de su resolución a la empresa Fusiona Soluciones
Energéticas, S.A., confiriendo un plazo de cinco días para la realización de alegaciones y
aportación de documentación que considerasen oportuna.
El Acuerdo de incoación y la propuesta de resolución también han sido notificados a
Enagás GTS, S.A., a los comercializadores de último recurso, a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, a MIBGAS, S.A., a la CORES y a las empresas
distribuidoras para que realizasen igualmente las observaciones que considerasen
pertinentes.
Durante el trámite de audiencia se ha recibido escrito del Gestor Técnico del Sistema
en que actualiza la información sobre la situación de la comercializadora a 28 de enero
de 2022. FSE continúa suspendido en las carteras de balance TVB, PVB y AVB al
continuar el incumplimiento de los requerimientos de aportación de garantías para
desbalances. No dispone de garantías y se le requieren 740.272,25 € por este concepto.
Al impago de la nota agregada en concepto de recargos por desbalances en PVB el 11
de enero de 2022 por importe de 19.001,53 €, cuyo vencimiento de pago tuvo lugar el
día 13 de enero de 2022 y que fue recuperado tras la ejecución de garantías, se unió el de
la nota agregada 4622400293 emitida el 18 de enero de 2022 por importe de 259.383,18 €
cuyo vencimiento de pago tuvo lugar el día 20 de enero. El día 21 de enero se procedió a la
correspondiente ejecución de garantías, recuperándose 82.989,59 €.
La ejecución de garantías no permitió el cobro de la totalidad de la cantidad
adeudada, por lo que, tras verificar que dicho usuario no disponía de derechos de cobro
que se pudieran retener de las liquidaciones de recargos de desbalances, se procedió a
iniciar el proceso de ejecución de las cantidades económicas retenidas en las
plataformas de comercio y entidades de contrapartida central donde Fusiona Soluciones
Energéticas, S.A., es un agente de mercado en MIBGAS, S.A., y BME Clearing, S.A.U.
De este proceso no se pudo recuperar importe alguno, al no disponer Fusiona
Soluciones Energéticas, S.A., de cantidades económicas retenidas, quedando pendiente
de pago 176.393.59 €.
Adicionalmente, el 25 de enero de 2022 se emitió nota agregada 4622400409 en
concepto, también de recargos por desbalances en PVB por importe de 293.965,54 €,
cuyo vencimiento de pago ha tenido lugar el día 27 de enero de 2022 sin que se haya
efectuado el pago.
La cantidad total adeudada hasta el momento de Fusiona Soluciones Energéticas, S.A.,
asciende a 470.359,13 €.
Por otra parte, Fusiona Soluciones Energéticas, S.A., continúa sin aprovisionar la
demanda de sus clientes, incurriendo todos los días en desbalances por defecto.
Durante los últimos siete días FSE muestra un desbalance medio diario continuado que
se aproxima a los 42.000 €.
Conforme al artículo 44 de la Circular 8/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y
condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural, varios

cve: BOE-A-2022-2169
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Núm. 35