I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Contaminación acústica. (BOE-A-2022-2120)
Orden PCM/80/2022, de 7 de febrero, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35

Jueves 10 de febrero de 2022
Ocho.

Sec. I. Pág. 17483

La sección 2.5.5 se modifica como sigue:

a) En el encabezado «Nivel de presión sonora continua equivalente en condiciones
favorables (LF) para una trayectoria de propagación (S,R).», la fórmula 2.5.6 se cambia
por la siguiente:

b) En el encabezado «Nivel de presión sonora continuo equivalente a largo plazo
en el punto R en decibelios A (dBA)», el final del párrafo primero, debajo de la
fórmula 2.5.11, se cambia por el texto siguiente:
«Donde i es el índice de la banda de frecuencias. AWC es la corrección con
ponderación A de conformidad con los siguientes valores:
Frecuencia [Hz]
AWCf,i [dB]

Nueve.
a)

63

125

250

500

1 000

2 000

4 000

8 000

-26,2

-16,1

-8,6

-3,2

0

1,2

1,0

-1,1»

La sección 2.5.6 se modifica como sigue:

Justo debajo de la figura 2.5.b se añade la frase siguiente:
«Las distancias dn se obtienen mediante una proyección bidimensional sobre
el plano horizontal.»

b)

El párrafo «Cálculos en condiciones favorables» se modifica como sigue:

1)

La primera frase de la letra a) se reemplaza por el texto siguiente:
«En la ecuación 2.5.15 (Aground,H), las alturas zs y zr se sustituyen por zs + δ zs
+ δ zT y zr + δ zr + δ zT, respectivamente, donde.»

2)

La primera frase de la letra b) se cambia por el texto siguiente:
«El límite inferior de Aground,F (calculado sin modificar las alturas) depende de
la geometría del trayecto:»

«En la práctica, en el plano vertical único que contiene tanto la fuente como el
receptor (un biombo chino aplanado, en el caso de que el trayecto incluya las
reflexiones), se tienen en cuenta las siguientes especificaciones. El rayo directo de
la fuente al receptor es una línea recta en condiciones de propagación
homogéneas y una línea curvada (un arco cuyo radio depende de la longitud del
rayo recto) en condiciones de propagación favorables.
Si el rayo directo no se encuentra con ningún obstáculo, se calcula el borde D
que produzca la mayor diferencia en la longitud del trayecto δ (el menor valor
absoluto, ya que estas diferencias en la longitud del trayecto son negativas). La
difracción se tiene en cuenta si:
– Esta diferencia en la longitud del trayecto es superior a -λ/20, y
– Si se cumple el criterio de Rayleigh.

cve: BOE-A-2022-2120
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c) En el encabezado «Difracción», el párrafo segundo se sustituye por el texto
siguiente: