I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Contaminación acústica. (BOE-A-2022-2120)
Orden PCM/80/2022, de 7 de febrero, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 35
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. I. Pág. 17481
b) El texto de la sexta fila, cuarta columna (llamada «3»), se sustituye por el texto
siguiente:
«H
Dura (800-1 000 MN/m).»
Cuatro. La sección 2.3.2 se modifica como sigue:
a) En el encabezado «Intensidad de tráfico», cuarto párrafo, el segundo guion bajo
la fórmula (2.3.2) se reemplaza por el texto siguiente:
«–v es la velocidad [km/h] en el j.o tramo de vía para el tipo de vehículo t y con
una velocidad media del tren s.»
b)
El encabezado «Chirridos» se reemplaza por el texto siguiente:
«El chirrido en las curvas es una fuente especial que solo resulta relevante
para las curvas y, por tanto, está localizado. El chirrido en curvas suele depender
de la curvatura, de las condiciones de fricción, de la velocidad del tren y de la
dinámica y la geometría de las ruedas y la vía. Como puede ser significativo, se
necesita una descripción apropiada del mismo. En aquellos lugares donde se
produce chirrido en curvas, generalmente en curvas y agujas de desvíos
ferroviarios, es preciso añadir a la potencia de la fuente los espectros de la
potencia acústica adicional correspondientes. El ruido adicional puede ser
específico a cada tipo de material de rodadura, ya que determinados tipos de
ruedas y bogies pueden ser considerablemente menos propensos a los chirridos
que otros. Pueden utilizarse mediciones del ruido adicional que tengan
suficientemente en cuenta la naturaleza estocástica del chirrido, en caso de
disponer de ellas.
Si no se dispone de mediciones adecuadas, se puede adoptar un enfoque
sencillo en el que se considerará el ruido de los chirridos añadiendo los siguientes
valores adicionales al espectro de potencia acústica del ruido rodante para todas
las frecuencias.
Tren
5 dB para curvas con 300 m < R ≤ 500 m y ltrack ≥ 50 m.
8 dB para curvas con R ≤ 300 m y ltrack ≥ 50 m.
8 dB para cambios de agujas con R ≤ 300 m.
0 dB en el resto de los casos.
Tranvía
5 dB para curvas y cambios de agujas con R ≤ 200 m.
0 dB en el resto de los casos.
c) En el encabezado «Directividad de la fuente», justo después de la ecuación
(2.3.15) se añade el texto siguiente:
«El ruido de los puentes se modeliza en la fuente A (h = 1), cuya
omnidireccionalidad se supone.»
cve: BOE-A-2022-2120
Verificable en https://www.boe.es
Donde ltrack es la longitud de la vía a lo largo de la curva y R es el radio de la
curva.
La aplicabilidad de estos espectros de potencia acústica o de estos valores
adicionales, por norma general, se verificará in situ, sobre todo en el caso de los
tranvías y de aquellos lugares donde en las curvas o las agujas se apliquen
medidas para evitar los chirridos.»
Núm. 35
Jueves 10 de febrero de 2022
Sec. I. Pág. 17481
b) El texto de la sexta fila, cuarta columna (llamada «3»), se sustituye por el texto
siguiente:
«H
Dura (800-1 000 MN/m).»
Cuatro. La sección 2.3.2 se modifica como sigue:
a) En el encabezado «Intensidad de tráfico», cuarto párrafo, el segundo guion bajo
la fórmula (2.3.2) se reemplaza por el texto siguiente:
«–v es la velocidad [km/h] en el j.o tramo de vía para el tipo de vehículo t y con
una velocidad media del tren s.»
b)
El encabezado «Chirridos» se reemplaza por el texto siguiente:
«El chirrido en las curvas es una fuente especial que solo resulta relevante
para las curvas y, por tanto, está localizado. El chirrido en curvas suele depender
de la curvatura, de las condiciones de fricción, de la velocidad del tren y de la
dinámica y la geometría de las ruedas y la vía. Como puede ser significativo, se
necesita una descripción apropiada del mismo. En aquellos lugares donde se
produce chirrido en curvas, generalmente en curvas y agujas de desvíos
ferroviarios, es preciso añadir a la potencia de la fuente los espectros de la
potencia acústica adicional correspondientes. El ruido adicional puede ser
específico a cada tipo de material de rodadura, ya que determinados tipos de
ruedas y bogies pueden ser considerablemente menos propensos a los chirridos
que otros. Pueden utilizarse mediciones del ruido adicional que tengan
suficientemente en cuenta la naturaleza estocástica del chirrido, en caso de
disponer de ellas.
Si no se dispone de mediciones adecuadas, se puede adoptar un enfoque
sencillo en el que se considerará el ruido de los chirridos añadiendo los siguientes
valores adicionales al espectro de potencia acústica del ruido rodante para todas
las frecuencias.
Tren
5 dB para curvas con 300 m < R ≤ 500 m y ltrack ≥ 50 m.
8 dB para curvas con R ≤ 300 m y ltrack ≥ 50 m.
8 dB para cambios de agujas con R ≤ 300 m.
0 dB en el resto de los casos.
Tranvía
5 dB para curvas y cambios de agujas con R ≤ 200 m.
0 dB en el resto de los casos.
c) En el encabezado «Directividad de la fuente», justo después de la ecuación
(2.3.15) se añade el texto siguiente:
«El ruido de los puentes se modeliza en la fuente A (h = 1), cuya
omnidireccionalidad se supone.»
cve: BOE-A-2022-2120
Verificable en https://www.boe.es
Donde ltrack es la longitud de la vía a lo largo de la curva y R es el radio de la
curva.
La aplicabilidad de estos espectros de potencia acústica o de estos valores
adicionales, por norma general, se verificará in situ, sobre todo en el caso de los
tranvías y de aquellos lugares donde en las curvas o las agujas se apliquen
medidas para evitar los chirridos.»