V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-1522)
Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla de aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de dicho Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. V-B. Pág. 2692

Consejero, que será para uso exclusivo interno y no podrá revelarse a terceros.
e) Informar al Presidente, con la debida antelación, cuando considere que en la
deliberación de algún punto del orden del día incurre en causa de abstención por
incurrir en una situación de conflicto de interés, ya sea directo o indirecto, y
abstenerse de participar en la deliberación y votación de dicho asunto.
f) No atribuirse las funciones de representación del Consejo de Administración,
salvo que expresamente se les hayan otorgado por una norma o por acuerdo
válidamente adoptado, para cada caso concreto, por el propio Consejo, ni hacer
uso de su condición de miembros del Consejo de Administración en el ejercicio de
actividades empresariales y profesionales.
g) Cuantos otros deberes sean inherentes a su condición y fueran exigidos por
la Ley o el presente Reglamento.
FUNCIONAMIENTO
Artículo 17. Número de reuniones y fijación del orden del día.
1. El Consejo de Administración se reunirá con carácter ordinario cuantas
veces sea necesario a juicio de su Presidente, y al menos una vez al trimestre, y
con carácter extraordinario para tratar asuntos que requieran un tratamiento
urgente e inaplazable o a propuesta de al menos una quinta parte de sus
miembros para tratar de los asuntos propuestos por los mismos, propuesta que
deberá adjuntar el oportuno orden del día de la sesión y, en su caso, la
documentación necesaria.
2. La fijación del orden del día corresponde al Presidente, teniendo en cuenta,
en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas conforme a lo
dispuesto en el artículo 15.b) del presente Reglamento.
3. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure
incluido en el orden del día, salvo que asistan todos los miembros del Consejo de
Administración y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la
mayoría.

1. La convocatoria de las sesiones la hará el Secretario, por orden del
Presidente de oficio o a propuesta de la quinta parte de los miembros del Consejo
de Administración para tratar de los asuntos propuestos por los mismos conforme
a lo dispuesto en el artículo 17.1, notificándolas a los demás miembros del Consejo
de Administración con una antelación mínima de dos días hábiles, haciendo
constar el tipo de reunión, la fecha, hora y lugar de celebración de la sesión, el
orden del día junto con la documentación necesaria para su deliberación cuando
sea posible y, en su caso, las condiciones en las que se va a celebrar, los lugares
en que estén disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en
la reunión y el sistema de conexión cuando se efectúe a distancia. A la
convocatoria se acompañará copia del acta de la sesión anterior.
2. Salvo que no resulte posible, las convocatorias serán remitidas a los
miembros del órgano colegiado a través de medios electrónicos. También a través
de medios electrónicos se llevará a cabo la confirmación y notificación de
asistencia, la representación, la gestión de los puntos del orden del día y la gestión

cve: BOE-B-2022-1522
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Artículo 18. Convocatorias.