III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector eléctrico. (BOE-A-2022-993)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba la cuantía definitiva de los costes de generación de liquidación y del extracoste de la actividad de producción en los territorios no peninsulares para los grupos titularidad del grupo Endesa correspondiente al ejercicio 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 6953

presentado en fecha 27 de diciembre de 2017. En particular, Endesa solicita el
reconocimiento de 34.604.651,23 euros adicionales en concepto de componente fijo del
coste de acceso de terceros a las instalaciones gasistas, ya que este componente no ha
sido considerado en las liquidaciones efectuadas por el operador del sistema.
Habiendo comprobado en la inspección que esta cantidad no ha sido incorporada en
las liquidaciones realizadas por el operador del sistema, la propuesta de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia reconoce 34.604.651,23 euros como coste
adicional en concepto de componente fijo del precio de gas natural, de acuerdo a lo
establecido en la Resolución de 26 de julio de 2017, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se fijan los precios definitivos del combustible gas natural
del primer y segundo semestre de 2016 a aplicar en la liquidación de cada grupo
generador en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares para dicho
período.
b)

Costes a añadir a los calculados por el operador del sistema.

Costes fijos de grupos pendientes de la resolución de parámetros:
La Comisión indica que procede el reconocimiento de 1.593.000 euros, frente a
los 1.633.234,11 euros solicitados, en concepto de retribución por costes de inversión de
la instalación Ibiza 24, turbina de gas número 6B (RO2‐0208). Esta instalación cuenta
con todas las autorizaciones pertinentes, ha sido despachada por motivos de seguridad y
garantía de suministro por el operador del sistema durante 2016, si bien sus costes fijos
no fueron liquidados por dicho operador al publicarse el valor reconocido de la inversión
y sus parámetros con posterioridad a las liquidaciones correspondientes a dicho
ejercicio.
Estos valores se aprobaron mediante Resolución de 5 de junio de 2019, de la
Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el valor
reconocido de inversión, la vida útil regulatoria y los valores de la anualidad de la
retribución por inversión para los años del 2014 al 2019 del grupo de generación de
Ibiza 24 (RO2-0208) perteneciente al sistema eléctrico no peninsular de Baleares, siendo
la cuantía propuesta por la Comisión la aprobada como retribución por inversión en la
citada resolución para el ejercicio 2016.
Coste de grupos pendientes de resolución de compatibilidad:
Endesa solicita el reconocimiento de 13.076.006,84 euros adicionales en concepto
de coste de grupos pendientes de resolución de compatibilidad que han sido
despachados por el operador del sistema para cubrir la demanda del sistema durante el
ejercicio 2016. En concreto, se encontraban en esta situación las turbinas de Gas
Ibiza 25, Ibiza 26 y Punta Grande 19, pertenecientes a los sistemas eléctricos no
peninsulares de Baleares y Canarias, respectivamente.
El informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia concluía que,
de acuerdo a la normativa de aplicación y en tanto estas instalaciones no dispongan de
la resolución de compatibilidad que da derecho a la percepción del régimen retributivo
adicional de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 17/2013, de 29 de octubre, no sería
procedente el reconocimiento de ningún coste adicional por este concepto.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria séptima.5 del Real
Decreto 738/2015, de 31 de julio, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia propone aprobar, una vez inspeccionadas las cuantías, la retribución por la
instalación de potencia como consecuencia de la necesidad de adoptar medidas de
carácter temporal y extraordinario, aconsejadas por razones de seguridad de suministro
que asciende a 2.332.160 euros por los costes en los que han incurrido los titulares de
estas centrales durante su explotación.

cve: BOE-A-2022-993
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Coste de medidas extraordinarias: