I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas fiscales, financieras y administrativas. Sector público. (BOE-A-2022-953)
Ley 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
134 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 6571

b) Se habilita a los servicios de salud para comunicar a los servicios sociales
los datos relacionados con las personas atendidas por ambos sistemas, de
carácter identificativo, de contacto, así como los datos de su historia clínica que
puedan tener afectación en la autonomía personal –ya sea por situación de
dependencia o de discapacidad–, para detectar e intervenir en situaciones de
riesgo social que puedan requerir la activación de prestaciones sociales y que
necesiten información sanitaria para hacerse efectivas, y para garantizar un
proceso de atención integral e integrada. Pueden acceder a la información los
profesionales de los servicios sociales implicados en el seguimiento y evaluación
del ciudadano, debidamente acreditados.
2. Las entidades responsables de las comunicaciones deben aplicar las
medidas técnicas y organizativas apropiadas al carácter sensible de la
información, a fin de garantizar y verificar periódicamente la confidencialidad, la
integridad, la trazabilidad, la disponibilidad y la autenticidad de la información, así
como el ejercicio de derechos y del deber de informar a las personas interesadas.
La trazabilidad debe permitir el control de los accesos al sistema de
información por los perfiles de usuarios autorizados, de la identidad y categoría
profesional del usuario, la fecha y hora en que tuvo lugar el acceso, la acción
realizada, los datos afectados y el motivo del acceso.
Las entidades responsables deben facilitar a las personas afectadas la
consulta de la información sobre la trazabilidad de sus datos.
3. Los profesionales de los servicios sociales y sanitarios deben mantener el
deber de secreto sobre la información a la que tengan acceso, incluso una vez
finalizada su vinculación con la entidad para la que prestan servicios.»
TÍTULO XII
Medidas administrativas en materia de medio ambiente y sostenibilidad,
de infraestructuras y movilidad, de urbanismo y de ordenación de aguas
CAPÍTULO I
Modificaciones legislativas en materia de medio ambiente y sostenibilidad
Artículo 72. Modificación de la Ley 10/2019, de puertos y de transporte en aguas
marítimas y continentales.
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 15 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre,
de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales, que queda redactado del
siguiente modo:
«1. Las obras vinculadas a los usos portuarios básicos que realicen la
Administración portuaria y los particulares en la zona de servicio no están
sometidas a licencia o a cualquier otro acto de control preventivo municipal y solo
pueden ser suspendidas por los tribunales competentes. Las obras ordinarias y las
actividades vinculadas a los usos portuarios complementarios están sometidas a
control municipal.»
2. Se modifica la letra m del apartado 6 del artículo 21 de la Ley 10/2019, que
queda redactada del siguiente modo:
«m) Formular y proponer al órgano competente, previo informe municipal, la
aprobación del plan director urbanístico portuario.»

cve: BOE-A-2022-953
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 18