I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas fiscales, financieras y administrativas. Sector público. (BOE-A-2022-953)
Ley 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6523
colectivo para personas con movilidad reducida y los que acrediten la condición de
familia numerosa o monoparental.»
Sección 23.ª Modificación del título XVII, capítulo I, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 27. Tasa por pesca marítima.
Se modifican los apartados a.2, a.3 y b.2 del artículo 17.1-3 de la Ley de tasas y
precios públicos, que quedan redactados del siguiente modo:
«a.2) Personas que participan en cursos de carácter social establecidos así
en el Plan de formación anual de la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de
Cataluña que aprueba el director o directora general de Política Marítima y Pesca
Sostenible.»
«a.3) Personas que acceden a los cursos de marinero/a pescador/a
organizados por la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de Cataluña
conjuntamente con las cofradías de pescadores de Cataluña.»
«b.2) Personas que deben expedir o renovar la titulación de marinero/a
pescador/a de cursos realizados en la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera
de Cataluña, y las personas que estando en posesión de otras titulaciones quieren
obtener, por convalidación, la titulación de marinero/a pescador/a para ejercer la
actividad profesional en Cataluña.»
Sección 24.ª Modificación del título XVIII, capítulo I, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 28. Tasa por los derechos de inscripción en las pruebas para la obtención de
los certificados de conocimientos de catalán que convoca la Secretaría de Política
Lingüística.
Se modifica el apartado 2 del artículo 18.1-3 de la Ley de tasas y precios públicos,
que queda redactado del siguiente modo:
«2. Se establece una bonificación del 30% sobre la cuota para los sujetos
pasivos que son miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría
general y una bonificación del 50% sobre la cuota para los sujetos pasivos que
son miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial.
Asimismo, se establece una bonificación del 50% sobre la cuota para los sujetos
pasivos con una discapacidad acreditada igual o superior al 33%.»
Sección 25.ª Modificación del título XXII, capítulo VI, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 29.
Tasas por las actuaciones y los servicios del Servicio Catalán de Tráfico.
«i) Inscripción y participación en los cursos para obtener
aptitud de formador vial o formadora vial de los cursos de
reeducación vial: 447 euros.
j) Inscripción y participación en los cursos para obtener
aptitud de psicólogo formador o psicóloga formadora de
sensibilización y reeducación vial: 112 euros.»
el certificado de
sensibilización y
el certificado de
los cursos de
cve: BOE-A-2022-953
Verificable en https://www.boe.es
Se modifican las letras i y j del apartado 3 del artículo 22.6-4 de la Ley de tasas y
precios públicos, que quedan redactadas del siguiente modo:
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6523
colectivo para personas con movilidad reducida y los que acrediten la condición de
familia numerosa o monoparental.»
Sección 23.ª Modificación del título XVII, capítulo I, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 27. Tasa por pesca marítima.
Se modifican los apartados a.2, a.3 y b.2 del artículo 17.1-3 de la Ley de tasas y
precios públicos, que quedan redactados del siguiente modo:
«a.2) Personas que participan en cursos de carácter social establecidos así
en el Plan de formación anual de la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de
Cataluña que aprueba el director o directora general de Política Marítima y Pesca
Sostenible.»
«a.3) Personas que acceden a los cursos de marinero/a pescador/a
organizados por la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de Cataluña
conjuntamente con las cofradías de pescadores de Cataluña.»
«b.2) Personas que deben expedir o renovar la titulación de marinero/a
pescador/a de cursos realizados en la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera
de Cataluña, y las personas que estando en posesión de otras titulaciones quieren
obtener, por convalidación, la titulación de marinero/a pescador/a para ejercer la
actividad profesional en Cataluña.»
Sección 24.ª Modificación del título XVIII, capítulo I, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 28. Tasa por los derechos de inscripción en las pruebas para la obtención de
los certificados de conocimientos de catalán que convoca la Secretaría de Política
Lingüística.
Se modifica el apartado 2 del artículo 18.1-3 de la Ley de tasas y precios públicos,
que queda redactado del siguiente modo:
«2. Se establece una bonificación del 30% sobre la cuota para los sujetos
pasivos que son miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría
general y una bonificación del 50% sobre la cuota para los sujetos pasivos que
son miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial.
Asimismo, se establece una bonificación del 50% sobre la cuota para los sujetos
pasivos con una discapacidad acreditada igual o superior al 33%.»
Sección 25.ª Modificación del título XXII, capítulo VI, del texto refundido de la Ley
de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña
Artículo 29.
Tasas por las actuaciones y los servicios del Servicio Catalán de Tráfico.
«i) Inscripción y participación en los cursos para obtener
aptitud de formador vial o formadora vial de los cursos de
reeducación vial: 447 euros.
j) Inscripción y participación en los cursos para obtener
aptitud de psicólogo formador o psicóloga formadora de
sensibilización y reeducación vial: 112 euros.»
el certificado de
sensibilización y
el certificado de
los cursos de
cve: BOE-A-2022-953
Verificable en https://www.boe.es
Se modifican las letras i y j del apartado 3 del artículo 22.6-4 de la Ley de tasas y
precios públicos, que quedan redactadas del siguiente modo: