I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Presupuestos. (BOE-A-2022-952)
Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 6466

de población son los referentes al padrón de habitantes del año 2020, de acuerdo con
los siguientes criterios:
a)

Atendiendo al número de habitantes de la comarca:

1.º En función de la población, agrupada por intervalos, 840.657,00 euros para las
comarcas con una población superior a 75.000 habitantes o una densidad de población
superior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, y 813.714,00 euros en los demás
casos.
2.º En función de la población comarcal, 2.632.073,00 euros.
3.º En función de la población comarcal ponderada por la inversa de la renta
comarcal, 2.632.073,00 euros.
b) Atendiendo al principio de solidaridad interterritorial, 1.801.083,43 euros
distribuidos en proporción directa a la superficie de cada comarca y 842.195,35 euros
distribuidos en función del número de municipios de cada comarca, y ponderando con el
factor 2 los municipios que tienen hasta 500 habitantes, con el factor 1,5 los que tienen
entre 501 y 2.000 habitantes y con el factor 1, el resto.
Artículo 50. Fondo de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales
descentralizadas.
La partida PR 15 D/460.0004/711, «Fondo de Cooperación Local de Cataluña.
Entidades Municipales Descentralizadas», dotada con 373.069,43 euros, se distribuye
entre las entidades municipales descentralizadas de Cataluña existentes en el momento
de la entrada en vigor de la presente ley, del siguiente modo:
a) Una cantidad fija, de acuerdo con los siguientes tramos de población, y teniendo
en cuenta que los datos de población son los correspondientes al padrón de habitantes
del año 2020:
1.º 3.128,11 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población
de 100 habitantes o menos.
2.º 5.127,34 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población
entre 101 y 500 habitantes.
3.º 8.062,84 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población
entre 501 y 1.000 habitantes.
4.º 11.139,45 euros para cada entidad municipal descentralizada con una población
de más de 1.000 habitantes.
b) La cantidad restante se distribuye en proporción al número de habitantes de
cada entidad municipal descentralizada.

1. La entrega de las participaciones en el Fondo de Cooperación Local de Cataluña
queda condicionada al hecho de que los entes locales destinatarios cumplan
adecuadamente la obligación de enviar los presupuestos, las liquidaciones
presupuestarias anuales y los cuestionarios estadísticos homogeneizados de estos datos
al Departamento de la Presidencia, y las cuentas anuales a la Sindicatura de Cuentas,
de acuerdo con lo establecido por la legislación sectorial. Esta documentación debe
referirse a la anualidad 2020.
2. Los entes locales que a 30 de octubre de 2022 no hayan cumplido lo establecido
por el apartado 1 pierden el derecho a recibir el Fondo de Cooperación Local del
año 2022.

cve: BOE-A-2022-952
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 51. Envío de documentación.