I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Presupuestos. (BOE-A-2022-952)
Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6462
TÍTULO V
Normas tributarias
Artículo 44. Canon del agua.
1. Durante el año 2022, los valores de base por volumen para usos domésticos e
industriales y asimilables y el valor de cada unidad de parámetro de contaminación del
canon del agua, al efecto de determinar el tipo de gravamen específico de forma
individualizada, teniendo en cuenta que no incluyen el impuesto sobre el valor añadido,
son los siguientes:
Concepto
Importe
Unidad
Doméstico: canon social, consumo igual o inferior a la dotación básica.
0,0000
euros/m3
Doméstico: consumo igual o inferior a la dotación básica.
0,4936
euros/m3
Doméstico: consumo superior a la dotación básica.
0,5685
euros/m3
Industrial general.
0,1654
euros/m3
Industrial específica.
0,6486
euros/m3
Materias en suspensión.
0,5011
euros/kg
Materias oxidables.
1,0023
euros/kg
Sales solubles.
8,0198 euros/Sm3/cm
Materias inhibidoras.
11,8889 euros/Kequitox
Nitrógeno.
0,7610
euros/kg
Fósforo.
1,5222
euros/kg
2. El tipo de gravamen para usos domésticos aplicable a los usuarios que disfrutan
del canon social se afecta de un coeficiente 0,5 si se supera la dotación básica de
consumo.
3. Durante el año 2022, los valores para determinar la cuota del canon de agua
correspondiente a los establecimientos ganaderos, teniendo en cuenta que no incluyen
el impuesto sobre el valor añadido, son los siguientes:
Euros/plaza
Engorde de patos.
0,0387
Engorde de codornices.
0,0064
Engorde de pollos.
0,0353
Engorde de pavos.
0,0699
Engorde de perdices.
0,0149
Avicultura de puesta.
0,0758
Pollitos de recría.
0,0168
Cría de vacuno.
1,2158
Engorde de terneros.
3,5696
Vacas lactantes.
8,3330
Vacuno de leche.
12,6393
Terneras de reposición.
5,7074
cve: BOE-A-2022-952
Verificable en https://www.boe.es
Tipo de explotación
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 6462
TÍTULO V
Normas tributarias
Artículo 44. Canon del agua.
1. Durante el año 2022, los valores de base por volumen para usos domésticos e
industriales y asimilables y el valor de cada unidad de parámetro de contaminación del
canon del agua, al efecto de determinar el tipo de gravamen específico de forma
individualizada, teniendo en cuenta que no incluyen el impuesto sobre el valor añadido,
son los siguientes:
Concepto
Importe
Unidad
Doméstico: canon social, consumo igual o inferior a la dotación básica.
0,0000
euros/m3
Doméstico: consumo igual o inferior a la dotación básica.
0,4936
euros/m3
Doméstico: consumo superior a la dotación básica.
0,5685
euros/m3
Industrial general.
0,1654
euros/m3
Industrial específica.
0,6486
euros/m3
Materias en suspensión.
0,5011
euros/kg
Materias oxidables.
1,0023
euros/kg
Sales solubles.
8,0198 euros/Sm3/cm
Materias inhibidoras.
11,8889 euros/Kequitox
Nitrógeno.
0,7610
euros/kg
Fósforo.
1,5222
euros/kg
2. El tipo de gravamen para usos domésticos aplicable a los usuarios que disfrutan
del canon social se afecta de un coeficiente 0,5 si se supera la dotación básica de
consumo.
3. Durante el año 2022, los valores para determinar la cuota del canon de agua
correspondiente a los establecimientos ganaderos, teniendo en cuenta que no incluyen
el impuesto sobre el valor añadido, son los siguientes:
Euros/plaza
Engorde de patos.
0,0387
Engorde de codornices.
0,0064
Engorde de pollos.
0,0353
Engorde de pavos.
0,0699
Engorde de perdices.
0,0149
Avicultura de puesta.
0,0758
Pollitos de recría.
0,0168
Cría de vacuno.
1,2158
Engorde de terneros.
3,5696
Vacas lactantes.
8,3330
Vacuno de leche.
12,6393
Terneras de reposición.
5,7074
cve: BOE-A-2022-952
Verificable en https://www.boe.es
Tipo de explotación