III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-921)
Resolución de 29 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVI Convenio colectivo de Schweppes, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5895
La prolongación de la Jornada para la utilización por parte de la Empresa de la bolsa
de Horas Irregulares y el período de Descanso Compensatorio podrán sucederse en este
orden o en el inverso, rigiendo en ambos casos las mismas normas contenidas en los
párrafos anteriores. Dichos descansos compensatorios no afectaran a los días de
vacaciones pendientes de disfrute.
Artículo 14.
Jornada semanal y horarios.
– Oficina Central:
• Jornada semanal de treinta y cinco horas de trabajo efectivo en régimen de trabajo
en jornada partida de lunes a jueves y continua los viernes.
• Jornada partida de lunes a jueves en horario oficial de 08:30 h a 13:30 h y 14:30 h
a 17:00 h. Por razones de servicio, la hora de comida se realiza en una franja horaria
de 13 h a 15:30 h.
• Jornada continuada el viernes de 08:30 h a 13:30 h.
• Flexibilidad de ½ hora de entrada (de 08:30 h a 09:00 h) y salida (de 17:00 h
a 17:30 h).
• El horario en turno partido tiene una presencia obligada en el puesto de trabajo
de 7 h 30 m de trabajo y mínimo de salida a la tarde a partir de las 17:00 h. de lunes a
jueves. Esto facilita por una parte flexibilizar el horario de entrada en una franja de 08:30
h a 09:00 h. y por otra el horario de salida en una franja de 17:00 h a 17:30 h.
– Peculiaridades referidas a horario y guardias SAC (Servicio Atención al Cliente):
• En los cuatro departamentos que componen el SaC (Servicio de atención al
cliente), cinco o seis empleados (de manera rotativa), realizan su jornada partida de
lunes a jueves de 09:30 h a 14:30 h y de 15:30 h a 18:00 h y el viernes la jornada
continuada de 10:00 h a 15:00 h.
• En el departamento de Soporte comercial, un empleado (de manera rotativa),
realiza su jornada partida de lunes a jueves de 11:00 h a 14:30 h y de 15:30 h a 19:30 h y
el viernes la jornada continuada de 14:30 h a 19:30 h
• Guardias del SaC: Los empleados de los distintos departamentos de SaC (en
número en función de necesidades) podrán realizar guardias de servicio, en aquellos
festivos que siendo fiesta en Madrid, no lo es en el resto de las comunidades
autonómicas del Estado. Esta jornada extraordinaria será compensada en los términos
establecidos.
– Área Comercial:
• Jornada semanal: La jornada actual del Equipo Comercial es de 40 horas
semanales de trabajo efectivo.
• Horario: La franja horaria de referencia del equipo comercial es la siguiente:
Autogestión de la jornada diaria y flexibilidad horaria del Personal Comercial:
a) Dada la autonomía y flexibilidad horaria de la que dispone el Personal Comercial
(por su trabajo «a tarea»), éstos tendrán a su disposición, en tiempo real (a través de
medios telemáticos) la información relativa a su registro diario de jornada, de manera
que será su responsabilidad autogestionar su jornada diaria, procurando no acumular (a
final de la semana) más de 40 horas semanales de trabajo efectivo.
cve: BOE-A-2022-921
Verificable en https://www.boe.es
a) Personal Comercial: Dado que su trabajo es «a tarea», cuenta con cierta
autonomía en la distribución diaria de su jornada supeditada a las necesidades del
negocio.
b) Empleados de las Oficinas comerciales: 8 horas diarias de trabajo efectivo
(De 8:30 h a 13:30 h y 14:30 h a 17:30 h).
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 5895
La prolongación de la Jornada para la utilización por parte de la Empresa de la bolsa
de Horas Irregulares y el período de Descanso Compensatorio podrán sucederse en este
orden o en el inverso, rigiendo en ambos casos las mismas normas contenidas en los
párrafos anteriores. Dichos descansos compensatorios no afectaran a los días de
vacaciones pendientes de disfrute.
Artículo 14.
Jornada semanal y horarios.
– Oficina Central:
• Jornada semanal de treinta y cinco horas de trabajo efectivo en régimen de trabajo
en jornada partida de lunes a jueves y continua los viernes.
• Jornada partida de lunes a jueves en horario oficial de 08:30 h a 13:30 h y 14:30 h
a 17:00 h. Por razones de servicio, la hora de comida se realiza en una franja horaria
de 13 h a 15:30 h.
• Jornada continuada el viernes de 08:30 h a 13:30 h.
• Flexibilidad de ½ hora de entrada (de 08:30 h a 09:00 h) y salida (de 17:00 h
a 17:30 h).
• El horario en turno partido tiene una presencia obligada en el puesto de trabajo
de 7 h 30 m de trabajo y mínimo de salida a la tarde a partir de las 17:00 h. de lunes a
jueves. Esto facilita por una parte flexibilizar el horario de entrada en una franja de 08:30
h a 09:00 h. y por otra el horario de salida en una franja de 17:00 h a 17:30 h.
– Peculiaridades referidas a horario y guardias SAC (Servicio Atención al Cliente):
• En los cuatro departamentos que componen el SaC (Servicio de atención al
cliente), cinco o seis empleados (de manera rotativa), realizan su jornada partida de
lunes a jueves de 09:30 h a 14:30 h y de 15:30 h a 18:00 h y el viernes la jornada
continuada de 10:00 h a 15:00 h.
• En el departamento de Soporte comercial, un empleado (de manera rotativa),
realiza su jornada partida de lunes a jueves de 11:00 h a 14:30 h y de 15:30 h a 19:30 h y
el viernes la jornada continuada de 14:30 h a 19:30 h
• Guardias del SaC: Los empleados de los distintos departamentos de SaC (en
número en función de necesidades) podrán realizar guardias de servicio, en aquellos
festivos que siendo fiesta en Madrid, no lo es en el resto de las comunidades
autonómicas del Estado. Esta jornada extraordinaria será compensada en los términos
establecidos.
– Área Comercial:
• Jornada semanal: La jornada actual del Equipo Comercial es de 40 horas
semanales de trabajo efectivo.
• Horario: La franja horaria de referencia del equipo comercial es la siguiente:
Autogestión de la jornada diaria y flexibilidad horaria del Personal Comercial:
a) Dada la autonomía y flexibilidad horaria de la que dispone el Personal Comercial
(por su trabajo «a tarea»), éstos tendrán a su disposición, en tiempo real (a través de
medios telemáticos) la información relativa a su registro diario de jornada, de manera
que será su responsabilidad autogestionar su jornada diaria, procurando no acumular (a
final de la semana) más de 40 horas semanales de trabajo efectivo.
cve: BOE-A-2022-921
Verificable en https://www.boe.es
a) Personal Comercial: Dado que su trabajo es «a tarea», cuenta con cierta
autonomía en la distribución diaria de su jornada supeditada a las necesidades del
negocio.
b) Empleados de las Oficinas comerciales: 8 horas diarias de trabajo efectivo
(De 8:30 h a 13:30 h y 14:30 h a 17:30 h).