III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Biblioteca Nacional de España. Cuentas anuales. (BOE-A-2022-928)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6107
corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio
contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la
obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa
realista.
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada
de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector
Público vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las
incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de
forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que
los usuarios toman basándose en las cuentas anuales.
Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional
y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:
Identificamos y valoramos los riesgos de incorrección material en las cuentas anuales,
debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para
responder a dichos riesgos y obtenemos evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección
material debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección material debida
a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas,
manifestaciones intencionadamente erróneas, o la elusión del control interno.
Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de
diseñar procedimientos de auditoria que sean adecuados en función de las circunstancias,
y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la
entidad.
cve: BOE-A-2022-928
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6107
corresponda, las cuestiones relacionadas con la empresa en funcionamiento y utilizando el principio
contable de empresa en funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la
obligación legal de liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa
realista.
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de las cuentas anuales
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales en su conjunto
están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que
contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada
de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas para el Sector
Público vigente en España siempre detecte una incorrección material cuando existe. Las
incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de
forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que
los usuarios toman basándose en las cuentas anuales.
Como parte de una auditoría de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
auditoría de cuentas vigente para el Sector Público en España, aplicamos nuestro juicio profesional
y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:
Identificamos y valoramos los riesgos de incorrección material en las cuentas anuales,
debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para
responder a dichos riesgos y obtenemos evidencia de auditoría suficiente y adecuada para
proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección
material debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección material debida
a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas,
manifestaciones intencionadamente erróneas, o la elusión del control interno.
Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de
diseñar procedimientos de auditoria que sean adecuados en función de las circunstancias,
y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la
entidad.
cve: BOE-A-2022-928
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