III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Biblioteca Nacional de España. Cuentas anuales. (BOE-A-2022-928)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6108
Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas y la razonabilidad de las
estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el órgano de
gestión.
Concluimos sobre si es adecuada la utilización, por el órgano de gestión, del principio
contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en la evidencia de auditoría
obtenida, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre material relacionada con
hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la
entidad para continuar como empresa en funcionamiento.
Si concluimos que existe una incertidumbre material, se requiere que llamemos la atención
en nuestro informe de auditoría sobre la correspondiente información revelada en las
cuentas anuales o, si dichas revelaciones no son adecuadas, que expresemos una opinión
modificada. Nuestras conclusiones se basan en la evidencia de auditoria obtenida hasta la
fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, los hechos o condiciones futuros
pueden ser la causa de que la entidad deje de ser una empresa en funcionamiento.
Evaluamos la presentación global, la estructura y el contenido de las cuentas anuales,
incluida la información revelada, y si las cuentas anuales representan las transacciones y
hechos subyacentes de un modo que logran expresar la imagen fiel.
Nos comunicamos con la Directora de la Biblioteca Nacional de España en su condición de órgano
rector de ese organismo autónomo (artículo 4.1.c) de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de
la Biblioteca Nacional de España) y miembro de la Comisión Permanente del Real Patronato
(artículo 8.1 del Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la
Biblioteca Nacional de España) en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de
realización de la auditoría planificados y los hallazgos significativos de la auditoría, así como
cualquier deficiencia significativa del control interno que identificamos en el transcurso de la
auditoría.
Entre las cuestiones que han sido objeto de comunicación al órgano de gobierno de la entidad,
del periodo actual y que son, en consecuencia, las cuestiones clave de la auditoría.
cve: BOE-A-2022-928
Verificable en https://www.boe.es
determinamos las que han sido de la mayor significatividad en la auditoría de las cuentas anuales
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 6108
Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas y la razonabilidad de las
estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el órgano de
gestión.
Concluimos sobre si es adecuada la utilización, por el órgano de gestión, del principio
contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en la evidencia de auditoría
obtenida, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre material relacionada con
hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la
entidad para continuar como empresa en funcionamiento.
Si concluimos que existe una incertidumbre material, se requiere que llamemos la atención
en nuestro informe de auditoría sobre la correspondiente información revelada en las
cuentas anuales o, si dichas revelaciones no son adecuadas, que expresemos una opinión
modificada. Nuestras conclusiones se basan en la evidencia de auditoria obtenida hasta la
fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, los hechos o condiciones futuros
pueden ser la causa de que la entidad deje de ser una empresa en funcionamiento.
Evaluamos la presentación global, la estructura y el contenido de las cuentas anuales,
incluida la información revelada, y si las cuentas anuales representan las transacciones y
hechos subyacentes de un modo que logran expresar la imagen fiel.
Nos comunicamos con la Directora de la Biblioteca Nacional de España en su condición de órgano
rector de ese organismo autónomo (artículo 4.1.c) de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de
la Biblioteca Nacional de España) y miembro de la Comisión Permanente del Real Patronato
(artículo 8.1 del Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la
Biblioteca Nacional de España) en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de
realización de la auditoría planificados y los hallazgos significativos de la auditoría, así como
cualquier deficiencia significativa del control interno que identificamos en el transcurso de la
auditoría.
Entre las cuestiones que han sido objeto de comunicación al órgano de gobierno de la entidad,
del periodo actual y que son, en consecuencia, las cuestiones clave de la auditoría.
cve: BOE-A-2022-928
Verificable en https://www.boe.es
determinamos las que han sido de la mayor significatividad en la auditoría de las cuentas anuales