I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-858)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5592
NOTA VERBAL:
«N.º EP-25851.
NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa saluda a la
Secretaria General del Consejo de Europa y, de conformidad con el artículo 15 del
Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales,
le informa de lo siguiente. Tras valorar minuciosamente las medidas adoptadas el 20 de
octubre de 2021 para restringir los eventos y concentraciones públicos e impedir que
siga propagándose el virus de la COVID-19, así como la necesidad de mantenerlas, el
Gobierno de la República de Letonia ha decidido flexibilizarlas. En consecuencia, de
conformidad con el párrafo 3 del artículo 15 del Convenio, el Gobierno pone fin a su
suspensión del artículo 11 del Convenio.
La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa recuerda que
el 21 de octubre de 2021 informó a la Secretaria General del Consejo de Europa de que
el 9 de octubre de 2021 el Gobierno letón había declarado el estado de emergencia en
todo el territorio nacional. Si bien, a partir del 21 de octubre de 2021, para evitar
sobrecargar el sistema sanitario y reducir la mortalidad evitable, sin dejar de garantizar el
mantenimiento de las funciones y los servicios esenciales del Estado, el Gobierno
sometió a restricciones todos los eventos y concentraciones públicos, lo que requirió la
suspensión del artículo 11 del Convenio. Considerando que el Gobierno ha decidido
flexibilizar las restricciones a la libertad de reunión impuestas mediante el Decreto n.º
720 por el que se declara el estado de emergencia, aprobado por el Consejo de
Ministros el 9 de octubre de 2021 el Gobierno informa a la Secretaria General del
Consejo de Europa de que levanta su suspensión del artículo 11 del Convenio.
La Representación Permanente de Letonia aprovecha la ocasión para reiterar a la
Secretaria General del Consejo de Europa la expresión de su más alta consideración.
(sello)
Estrasburgo, 15 de noviembre de 2021.»
REPÚBLICA DE MOLDAVIA.
06-12-2021 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.
NOTA VERBAL:
«N.º FRA-CoE/352/591.
La Representación Permanente de la República de Moldavia ante el Consejo de
Europa Saluda atentamente al Secretario General del Consejo de Europa y, en
referencia a la Nota Verbal n.º FRA-CoE/352/536, de 3 de noviembre de 2021, por la que
se notificaba la declaración del estado de emergencia y el ejercicio por parte de la
República de Moldavia del derecho de derogación de las obligaciones previstas en el
Convenio Europeo de Derechos Humanos, tiene el honor de informarle de que el 20 de
noviembre de 2021, finalizó el estado de emergencia en la República de Moldavia,
poniéndose así fin a la derogación de determinadas disposiciones del Convenio, en
concreto, de su artículo 10.
La Representación Permanente de la República de Moldavia ruega que la presente
comunicación se considere una notificación del fin de la citada derogación, de
conformidad con el artículo 15 (párrafo 3) del Convenio.
cve: BOE-A-2022-858
Verificable en https://www.boe.es
NOTA VERBAL
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5592
NOTA VERBAL:
«N.º EP-25851.
NOTA VERBAL
La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa saluda a la
Secretaria General del Consejo de Europa y, de conformidad con el artículo 15 del
Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales,
le informa de lo siguiente. Tras valorar minuciosamente las medidas adoptadas el 20 de
octubre de 2021 para restringir los eventos y concentraciones públicos e impedir que
siga propagándose el virus de la COVID-19, así como la necesidad de mantenerlas, el
Gobierno de la República de Letonia ha decidido flexibilizarlas. En consecuencia, de
conformidad con el párrafo 3 del artículo 15 del Convenio, el Gobierno pone fin a su
suspensión del artículo 11 del Convenio.
La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa recuerda que
el 21 de octubre de 2021 informó a la Secretaria General del Consejo de Europa de que
el 9 de octubre de 2021 el Gobierno letón había declarado el estado de emergencia en
todo el territorio nacional. Si bien, a partir del 21 de octubre de 2021, para evitar
sobrecargar el sistema sanitario y reducir la mortalidad evitable, sin dejar de garantizar el
mantenimiento de las funciones y los servicios esenciales del Estado, el Gobierno
sometió a restricciones todos los eventos y concentraciones públicos, lo que requirió la
suspensión del artículo 11 del Convenio. Considerando que el Gobierno ha decidido
flexibilizar las restricciones a la libertad de reunión impuestas mediante el Decreto n.º
720 por el que se declara el estado de emergencia, aprobado por el Consejo de
Ministros el 9 de octubre de 2021 el Gobierno informa a la Secretaria General del
Consejo de Europa de que levanta su suspensión del artículo 11 del Convenio.
La Representación Permanente de Letonia aprovecha la ocasión para reiterar a la
Secretaria General del Consejo de Europa la expresión de su más alta consideración.
(sello)
Estrasburgo, 15 de noviembre de 2021.»
REPÚBLICA DE MOLDAVIA.
06-12-2021 NOTIFICACIÓN DE NOTA VERBAL.
NOTA VERBAL:
«N.º FRA-CoE/352/591.
La Representación Permanente de la República de Moldavia ante el Consejo de
Europa Saluda atentamente al Secretario General del Consejo de Europa y, en
referencia a la Nota Verbal n.º FRA-CoE/352/536, de 3 de noviembre de 2021, por la que
se notificaba la declaración del estado de emergencia y el ejercicio por parte de la
República de Moldavia del derecho de derogación de las obligaciones previstas en el
Convenio Europeo de Derechos Humanos, tiene el honor de informarle de que el 20 de
noviembre de 2021, finalizó el estado de emergencia en la República de Moldavia,
poniéndose así fin a la derogación de determinadas disposiciones del Convenio, en
concreto, de su artículo 10.
La Representación Permanente de la República de Moldavia ruega que la presente
comunicación se considere una notificación del fin de la citada derogación, de
conformidad con el artículo 15 (párrafo 3) del Convenio.
cve: BOE-A-2022-858
Verificable en https://www.boe.es
NOTA VERBAL