III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-927)
Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Obras accesorias del proyecto modificado de precios de la presa de Ibiur para abastecimiento y regulación del Oria Medio (Gipuzkoa)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
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Sec. III. Pág. 6033
Acondicionamiento de la carretera de Baliarrain a San Juan de Iturria (800 m2),
Senda noroeste de cierre de circuito (1.684 m2),
Deslizamiento vaguada Erbeta (500 m2),
Acondicionamiento zona de relleno para material sobrante (4.000 m2),
Circuito desde cuerpo de la presa a Larraitz (7.260 m2).
Los 42.289,41 m3 de tierra sobrante que se prevé generar durante la fase de obras,
implicará el tráfico de camiones por la pista perimetral del embalse para su depósito en
el flanco sureste del mismo, toda vez que también se prevé la necesidad de préstamos.
Según se indica en el documento ambiental, la jerarquía para los residuos generados
será en todo caso la reducción en origen y dar prioridad a su reutilización, reciclado y
valorización.
Las plantas de suministro de áridos y bituminosos deberán ser explotaciones e
instalaciones autorizadas en funcionamiento lo más cercanas posible a las obras para
reducir el impacto del transporte de materiales.
Antes del inicio de las obras, se contará con el plan de residuos aprobado por la
autoridad competente, en el que se concretarán, entre otros, los destinos de los
materiales de excavación, sus características y condiciones de gestión y, en su caso, los
proyectos de restauración de las zonas utilizadas como vertederos.
El IHOBE informa que la zona de proyecto no se encuentra en el «Inventario de
suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente
contaminantes del suelo». En el caso de detectarse indicios de contaminación, en
cumplimiento del artículo 22 de la Ley 4/2015 de prevención y corrección de la
contaminación del suelo, se deberá comunicar este hecho a la Viceconsejería de Medio
Ambiente.
Agua superficial y subterránea:
En relación a la calidad de las aguas, durante la fase de obras y debido a los
movimientos de tierra previstos, los cauces temporales y continuos existentes en el
ámbito analizado, y el propio embalse podrían recibir aportes considerables de sólidos
en suspensión. Para minimizar el impacto sobre el sistema hídrico, el documento
ambiental describe diferentes medidas encaminadas a la retención de los sedimentos.
La Agencia Vasca del Agua (URA) valora positivamente las actuaciones por cuanto
redundarán en la mejora del medio hídrico y sus ecosistemas asociados: conexión de las
aguas residuales de Baliarrain al colector del Oria medio, restauración de la vaguada
Erbeta mediante técnicas de bioingeniería, mantenimiento de la vegetación existente y
revegetación del área entre el embalse y el camino perimetral.
Esta Agencia afirma que se evitarán las afecciones a la zona de servidumbre de
cauces y su vegetación, al no ocuparse ni desarrollarse actividad constructiva en ella, y
los nuevos itinerarios peatonales a ejecutar contarán con pavimentos permeables, de
esta forma se incorporan criterios de drenaje sostenible al proyecto.
En este sentido, el promotor ha aceptado la propuesta de modificación del firme de
los nuevos itinerarios y sustituir la inicialmente propuesta por un pavimento permeable o
drenante.
Respecto al posible impacto sobre la fauna y en concreto, sobre el visón europeo,
destaca el que podría producirse, entre la cola del embalse y Aralar, por trasiego de
camiones para el depósito de sobrantes en el vertedero, así como la implantación a
futuro en sus inmediaciones, de una zona de estancia.
El documento ambiental contempla una serie de medidas, entre las que se incluye la
realización, previa al inicio de las obras, de una prospección faunística especialmente
dirigida a la cola del embalse río arriba. En cuanto al merendero, que se barajaba ubicar
en la cola del embalse, el promotor señala que el proyecto no incorpora ninguna partida
presupuestaria para su ejecución, quedando esta actuación fuera del ámbito del mismo.
cve: BOE-A-2022-927
Verificable en https://www.boe.es
Fauna y flora:
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
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Sec. III. Pág. 6033
Acondicionamiento de la carretera de Baliarrain a San Juan de Iturria (800 m2),
Senda noroeste de cierre de circuito (1.684 m2),
Deslizamiento vaguada Erbeta (500 m2),
Acondicionamiento zona de relleno para material sobrante (4.000 m2),
Circuito desde cuerpo de la presa a Larraitz (7.260 m2).
Los 42.289,41 m3 de tierra sobrante que se prevé generar durante la fase de obras,
implicará el tráfico de camiones por la pista perimetral del embalse para su depósito en
el flanco sureste del mismo, toda vez que también se prevé la necesidad de préstamos.
Según se indica en el documento ambiental, la jerarquía para los residuos generados
será en todo caso la reducción en origen y dar prioridad a su reutilización, reciclado y
valorización.
Las plantas de suministro de áridos y bituminosos deberán ser explotaciones e
instalaciones autorizadas en funcionamiento lo más cercanas posible a las obras para
reducir el impacto del transporte de materiales.
Antes del inicio de las obras, se contará con el plan de residuos aprobado por la
autoridad competente, en el que se concretarán, entre otros, los destinos de los
materiales de excavación, sus características y condiciones de gestión y, en su caso, los
proyectos de restauración de las zonas utilizadas como vertederos.
El IHOBE informa que la zona de proyecto no se encuentra en el «Inventario de
suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente
contaminantes del suelo». En el caso de detectarse indicios de contaminación, en
cumplimiento del artículo 22 de la Ley 4/2015 de prevención y corrección de la
contaminación del suelo, se deberá comunicar este hecho a la Viceconsejería de Medio
Ambiente.
Agua superficial y subterránea:
En relación a la calidad de las aguas, durante la fase de obras y debido a los
movimientos de tierra previstos, los cauces temporales y continuos existentes en el
ámbito analizado, y el propio embalse podrían recibir aportes considerables de sólidos
en suspensión. Para minimizar el impacto sobre el sistema hídrico, el documento
ambiental describe diferentes medidas encaminadas a la retención de los sedimentos.
La Agencia Vasca del Agua (URA) valora positivamente las actuaciones por cuanto
redundarán en la mejora del medio hídrico y sus ecosistemas asociados: conexión de las
aguas residuales de Baliarrain al colector del Oria medio, restauración de la vaguada
Erbeta mediante técnicas de bioingeniería, mantenimiento de la vegetación existente y
revegetación del área entre el embalse y el camino perimetral.
Esta Agencia afirma que se evitarán las afecciones a la zona de servidumbre de
cauces y su vegetación, al no ocuparse ni desarrollarse actividad constructiva en ella, y
los nuevos itinerarios peatonales a ejecutar contarán con pavimentos permeables, de
esta forma se incorporan criterios de drenaje sostenible al proyecto.
En este sentido, el promotor ha aceptado la propuesta de modificación del firme de
los nuevos itinerarios y sustituir la inicialmente propuesta por un pavimento permeable o
drenante.
Respecto al posible impacto sobre la fauna y en concreto, sobre el visón europeo,
destaca el que podría producirse, entre la cola del embalse y Aralar, por trasiego de
camiones para el depósito de sobrantes en el vertedero, así como la implantación a
futuro en sus inmediaciones, de una zona de estancia.
El documento ambiental contempla una serie de medidas, entre las que se incluye la
realización, previa al inicio de las obras, de una prospección faunística especialmente
dirigida a la cola del embalse río arriba. En cuanto al merendero, que se barajaba ubicar
en la cola del embalse, el promotor señala que el proyecto no incorpora ninguna partida
presupuestaria para su ejecución, quedando esta actuación fuera del ámbito del mismo.
cve: BOE-A-2022-927
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Fauna y flora: