III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-926)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del estudio informativo "Nueva Estación Intermodal de Gijón".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
4.2.7
Sec. III. Pág. 6020
Patrimonio cultural.
Los impactos sobre el patrimonio cultural se producirían, fundamentalmente, en fase
de construcción, por movimientos de tierras, excavaciones, ocupaciones de instalaciones
auxiliares, viales de obra, etc. que podrían ocasionar la alteración, deterioro o
destrucción de elementos del patrimonio cultural, especialmente yacimientos
arqueológicos. Según los resultados del estudio de patrimonio cultural, incluido como
Apéndice 6 del estudio de impacto ambiental, durante los trabajos de prospección,
únicamente, se han documentado impactos relevantes en relación con el trazado del
Camino de Santiago de la costa (PK 2+000 de ambas alternativas). La afección
superficial sobre el Camino es mayor en la Alternativa 2. Actualmente, la ruta del Camino
se encuentra intransitable por este tramo, siendo conducidos los peregrinos por un
itinerario señalizado al norte. Una vez finalizadas las obras, el promotor plantea restituir
el itinerario original del Camino mediante el acondicionamiento y señalización del tramo
con un ancho mínimo de 1,5 m a 2 m, y las demás actuaciones que la Dirección General
de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias le indique.
Por otra parte, la prospección realizada en la zona propuesta de vertedero ha
proporcionado resultados negativos en cuanto a afección sobre elementos de valor
cultural.
Según el programa de vigilancia ambiental previsto, durante las obras se efectuará
un seguimiento arqueológico intensivo por un arqueólogo. Todas las acciones y
elementos del proyecto quedarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley del
Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Si durante la
ejecución de obras, cualquiera que sea su naturaleza, se hallan restos con presunto
interés arqueológico, el promotor, el constructor, la dirección facultativa de la obra o sus
responsables paralizarán los trabajos, adoptarán las medidas adecuadas para la
protección de los restos y comunicarán inmediatamente su descubrimiento a la Dirección
General de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Gijón.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias se ha
pronunciado favorablemente a estas medidas de protección y seguimiento propuestas
por el promotor.
En la fase de funcionamiento el promotor se compromete a llevar a cabo las
comprobaciones necesarias sobre las condiciones de seguridad y señalización del tramo
del Camino de Santiago restituido.
4.2.8
Población y salud humana.
4.3
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
De acuerdo con el estudio sobre los efectos ambientales derivados de la
vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y catástrofes (Apéndice 3 del
Estudio de Impacto Ambiental), se aprecian zonas con un nivel de riesgo medio y bajo
por inundaciones ocasionadas por avenidas extraordinarias, tanto de origen fluvial en el
inicio del tramo del proyecto, como marino en el entorno del Museo del Ferrocarril,
asociadas a periodos de retorno de 100 y 500 años respectivamente, según datos del
Sistema de Cartografía de Zonas Inundables. La Confederación Hidrográfica del
cve: BOE-A-2022-926
Verificable en https://www.boe.es
En la línea planteada respecto a ruido y vibraciones, se prevén efectos negativos
sobre la población durante las obras, así como por la alteración de la movilidad urbana,
que se plantea corregir mediante la reposición de viales y calles afectados por las obras.
Una vez finalizadas las mismas y, siempre que se garantice el éxito de la restauración de
las zonas afectadas, se prevé una mejora sustancial en las condiciones de movilidad,
debido a la recuperación de zonas anteriormente ocupadas por la infraestructura en
superficie y a cielo abierto y a la eliminación del efecto barrera existente en la actualidad.
Ese efecto positivo deberá ser verificado a partir del programa de vigilancia ambiental,
mediante el seguimiento del éxito de la restauración de toda la zona recuperada para la
movilidad peatonal que quede libre tras la cubrición y soterramiento de la infraestructura.
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
4.2.7
Sec. III. Pág. 6020
Patrimonio cultural.
Los impactos sobre el patrimonio cultural se producirían, fundamentalmente, en fase
de construcción, por movimientos de tierras, excavaciones, ocupaciones de instalaciones
auxiliares, viales de obra, etc. que podrían ocasionar la alteración, deterioro o
destrucción de elementos del patrimonio cultural, especialmente yacimientos
arqueológicos. Según los resultados del estudio de patrimonio cultural, incluido como
Apéndice 6 del estudio de impacto ambiental, durante los trabajos de prospección,
únicamente, se han documentado impactos relevantes en relación con el trazado del
Camino de Santiago de la costa (PK 2+000 de ambas alternativas). La afección
superficial sobre el Camino es mayor en la Alternativa 2. Actualmente, la ruta del Camino
se encuentra intransitable por este tramo, siendo conducidos los peregrinos por un
itinerario señalizado al norte. Una vez finalizadas las obras, el promotor plantea restituir
el itinerario original del Camino mediante el acondicionamiento y señalización del tramo
con un ancho mínimo de 1,5 m a 2 m, y las demás actuaciones que la Dirección General
de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias le indique.
Por otra parte, la prospección realizada en la zona propuesta de vertedero ha
proporcionado resultados negativos en cuanto a afección sobre elementos de valor
cultural.
Según el programa de vigilancia ambiental previsto, durante las obras se efectuará
un seguimiento arqueológico intensivo por un arqueólogo. Todas las acciones y
elementos del proyecto quedarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley del
Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural. Si durante la
ejecución de obras, cualquiera que sea su naturaleza, se hallan restos con presunto
interés arqueológico, el promotor, el constructor, la dirección facultativa de la obra o sus
responsables paralizarán los trabajos, adoptarán las medidas adecuadas para la
protección de los restos y comunicarán inmediatamente su descubrimiento a la Dirección
General de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias y al Ayuntamiento de Gijón.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio del Principado de Asturias se ha
pronunciado favorablemente a estas medidas de protección y seguimiento propuestas
por el promotor.
En la fase de funcionamiento el promotor se compromete a llevar a cabo las
comprobaciones necesarias sobre las condiciones de seguridad y señalización del tramo
del Camino de Santiago restituido.
4.2.8
Población y salud humana.
4.3
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
De acuerdo con el estudio sobre los efectos ambientales derivados de la
vulnerabilidad del proyecto frente a accidentes graves y catástrofes (Apéndice 3 del
Estudio de Impacto Ambiental), se aprecian zonas con un nivel de riesgo medio y bajo
por inundaciones ocasionadas por avenidas extraordinarias, tanto de origen fluvial en el
inicio del tramo del proyecto, como marino en el entorno del Museo del Ferrocarril,
asociadas a periodos de retorno de 100 y 500 años respectivamente, según datos del
Sistema de Cartografía de Zonas Inundables. La Confederación Hidrográfica del
cve: BOE-A-2022-926
Verificable en https://www.boe.es
En la línea planteada respecto a ruido y vibraciones, se prevén efectos negativos
sobre la población durante las obras, así como por la alteración de la movilidad urbana,
que se plantea corregir mediante la reposición de viales y calles afectados por las obras.
Una vez finalizadas las mismas y, siempre que se garantice el éxito de la restauración de
las zonas afectadas, se prevé una mejora sustancial en las condiciones de movilidad,
debido a la recuperación de zonas anteriormente ocupadas por la infraestructura en
superficie y a cielo abierto y a la eliminación del efecto barrera existente en la actualidad.
Ese efecto positivo deberá ser verificado a partir del programa de vigilancia ambiental,
mediante el seguimiento del éxito de la restauración de toda la zona recuperada para la
movilidad peatonal que quede libre tras la cubrición y soterramiento de la infraestructura.