III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-922)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la Sentencia de la Audiencia Nacional, relativa al XXI Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia, Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Jueves 20 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 5995

Correo electrónico:
Equipo/usuario: MAD.
NIG: 28079 24 4 2021 0000289.
Modelo: ANS105 Sentencia.
IMC Impugnación de Convenios 0000280/2021.
Procedimiento de origen: /
Sobre: Impug. Convenios.
Ponente Ilmo. Sr: Jose Luis Niño Romero.
Sentencia 262/2021
Ilmo. Sr. Presidente: D. José Pablo Aramendi Sánchez
Ilmos/as. Sres./Sras. Magistrados/as:
D.ª Emilia Ruiz-Jarabo Quemada.
D. José Luis Niño Romero.
En Madrid, a veintidós de diciembre de dos mil veintiuno.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres./as.
Magistrados/as citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
Han dictado la siguiente
SENTENCIA
En el procedimiento Impugnación de Convenios 0000280/2021 seguido por demanda
de Coordinadora Estatal Sector Handling Aéreo (CESHA) (Letrado Alberto Moreno Solé)
contra Iberia LAE, SA, Operadora, SU (Letrado Adriano Gómez García-Bernal), Unión
General de Trabajadores (no comparece), Confederación Sindical de Comisiones
Obreras (no comparece), Asociación Sindical Española de Técnicos Mantenimiento
Aeronáutico (no comparece), Unión Sindical Obrera (no comparece), Ministerio Fiscal
sobre Impug. Convenios. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Niño Romero.
Antecedentes de hecho
Primero.
Según consta en autos, el día 28.09.2021 se presentó demanda, en nombre y
representación de la parte actora, Coordinadora Estatal Sector Handling Aéreo (CESHA),
en materia de impugnación de convenio colectivo, que la dirigió inicialmente frente a
Iberia LAE, S.A. Operadora, S.U., Confederación Sindical de Comisiones Obreras
(CC.OO.), Unión General de Trabajadores (UGT), Unión Sindical Obrera (USO) y
Asociación Sindical Española de Técnicos de Mantenimiento Aeronáutico (ASETMA).

La Sala acordó el registro de la demanda con el número 280/2021 y designó ponente
señalándose el día 1 de diciembre de 2021 para los actos de conciliación y, en su caso,
juicio.
Tercero.
Abierto el acto del juicio, el letrado de la parte actora se afirmó y ratificó en su escrito
de demanda solicitando se dicte sentencia por la que la que:

cve: BOE-A-2022-922
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.