I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuestos. (BOE-A-2022-863)
Ley 6/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 5716

han considerado los principales riesgos económicos que vienen apreciándose en los
últimos meses.
6. En materia laboral, se espera un incremento en el número de ocupados
del 1,7 % en el presente ejercicio y del 1,4 % para 2022, lo que supone el regreso a la
senda positiva tras el fuerte impacto del ejercicio 2020.
7. Las previsiones macroeconómicas referidas cuentan con el aval de la Autoridad
Independiente de Responsabilidad Fiscal, que las ha calificado como prudentes en lo
que respecta al ejercicio 2022.
8. En el contexto de pandemia mundial, con fecha 20 de marzo de 2020, la
Comisión Europea decidió aplicar al presente ejercicio la cláusula de salvaguarda del
Pacto de Estabilidad y Crecimiento. Dicha excepción continuará vigente a lo largo del
ejercicio 2022 y permite a los Estados miembros dejar en suspenso la senda de
consolidación fiscal aprobada antes de la crisis.
9. De acuerdo con las directrices comunitarias, el Consejo de Ministros del 6 de
octubre de 2020 solicitó al Congreso de los Diputados la apreciación de que España se
encontraba en una situación de emergencia extraordinaria que se ajusta a lo dispuesto
en el artículo 135.4 de la Constitución y en el artículo 11.3 de la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril. El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó por mayoría absoluta
dicha apreciación ese mismo mes, lo que supuso la anulación de los objetivos de
estabilidad inicialmente aprobados para los ejercicios 2020 y 2021.
10. En el presente ejercicio, y ante las excepcionales circunstancias que continúan
produciéndose, el Consejo de Ministros del pasado 27 de julio de 2021 acordó proponer
al Congreso de los Diputados el mantenimiento de la suspensión de las reglas fiscales,
que fue acordada por el Congreso de los Diputados el 13 de septiembre de 2021.
11. Como consecuencia de lo anterior, para el trienio 2020, 2021 y 2022 no se
definen objetivos de estabilidad, deuda o regla de gasto, sustituyéndose los mismos por
una tasa de referencia. En concreto, para 2022 la tasa de referencia prevista para el
subsector Comunidades Autónomas queda establecida en el 0,6 % del PIB para el
próximo ejercicio, lo que supone una reducción de los márgenes con respecto a la tasa
vigente en el momento de aprobación de los Presupuestos Generales del Principado de
Asturias para el ejercicio 2021 (1,1 %).
12. En este contexto, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprobó el
día 2 de diciembre de 2021 un límite de gasto no financiero para el ejercicio 2022 que
asciende a 4.754 millones de euros. Estos recursos permitirán al Gobierno garantizar la
prestación de unos servicios públicos fundamentales de calidad y el desarrollo de
políticas públicas estratégicas entre las que se encuentran el fomento de la actividad
económica, la lucha contra el reto demográfico, el impulso de la ciencia o el uso de las
nuevas tecnologías, sin olvidar la necesidad de recuperar las inversiones. Al mismo
tiempo se podrá hacer frente a los retos derivados de la crisis económica y sanitaria
provocada por la COVID-19.
13. La Ley se estructura en cinco capítulos. La parte esencial de la norma se
recoge en el capítulo I, «De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones»,
por cuanto que en su sección 1.ª se aprueban la totalidad de los estados de ingresos y
gastos del sector público autonómico y se consigna el importe de los beneficios fiscales
que afectan a los principales ingresos tributarios. En esta sección, además, se define el
ámbito de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
14. La sección 2.ª enumera los créditos que se consideran ampliables a lo largo del
ejercicio 2022.
15. El capítulo II, «De la gestión presupuestaria», regula aquellos aspectos que
afectan a esta materia tales como la competencia de los distintos órganos en orden a la
autorización y disposición de los gastos, el carácter vinculante de determinados créditos
o las habilitaciones al Consejo de Gobierno o al Consejero de Hacienda, bien para
ajustar el gasto público a lo largo del ejercicio al objeto de garantizar el equilibrio
presupuestario dentro del límite de la tasa de referencia de déficit, o bien para autorizar

cve: BOE-A-2022-863
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Núm. 17