I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Presupuestos. (BOE-A-2022-807)
Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022.
112 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 5320

10. El apartado 1 del artículo 103 quatertricies de la mencionada Ley 11/1998
queda modificado de la siguiente manera:
«1. El importe de la tasa es de 53,90€ por la evaluación de cada figura
contractual.»
11. Se añade un apartado, el apartado 5, en el artículo 103 novotricies de la
mencionada Ley 11/1998, con la siguiente redacción:
«5. Quedan exentos del pago de la tasa los miembros de las familias en
situación de riesgo social, los miembros de las familias en situación de especial
vulnerabilidad económica, las personas en situación de dependencia en grado II o
III y los miembros de su unidad familiar, y las personas con un grado de
discapacidad igual o superior al 33% y los miembros de su unidad familiar. Los
sujetos pasivos de la tasa tienen que acreditar documentalmente, en el momento
de la inscripción, que se encuentran en alguna de estas situaciones.»
12. El capítulo XV del título V de la mencionada Ley 11/1998 queda modificado de
la siguiente manera:
«CAPÍTULO XV
Tasas para el curso 2022-2023 para la prestación de servicios educativos,
complementarios y de refuerzo del centro de educación infantil de primer
ciclo Can Nebot, de Sant Jordi de Ses Salines, en el término municipal de
Sant Josep de Sa Talaia (Eivissa)
Artículo 103 unquadragies.

Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios
educativos, complementarios y de refuerzo inherentes al servicio público de
educación que presta la Escuela de Educación Infantil de primer ciclo Can Nebot,
de Sant Jordi de Ses Salines, en el término municipal de Sant Josep de Sa Talaia
(Eivissa); y esto sin perjuicio que la prestación de estos servicios durante las
vacaciones escolares solo se ofrezca si hay demanda suficiente.
Artículo 103 duoquadragies.

Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de la tasa las personas o las entidades a que se refiere el
artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, que soliciten
la prestación de los servicios que constituyen el hecho imponible de la tasa.
Artículo 103 triquadragies.

Devengo y pago.

1. La tasa se merita cuando se presenta la solicitud para la prestación del
servicio correspondiente, de acuerdo con lo que dispone la letra b) del
artículo 10.1 de la Ley 2/1997, de 3 de junio, de tasas de la comunidad autónoma
de las Illes Balears.
2. La tasa se tiene que pagar mediante el documento de ingreso de
autoliquidación correspondiente, que se tiene que presentar con la solicitud.

cve: BOE-A-2022-807
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 16