III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Centrales nucleares. (BOE-A-2022-856)
Instrucción IS-45, de 17 de noviembre de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, sobre los requisitos de seguridad durante las fases de diseño, construcción y explotación de las instalaciones nucleares y radiactivas del ciclo del combustible nuclear, para prever su desmantelamiento y, en su caso, su desmantelamiento y cierre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Miércoles 19 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 5575

radiactivos o de combustible gastado, el Plan Preliminar de Desmantelamiento se refiere
a las instalaciones auxiliares que se diseñen, construyan y operen como apoyo al
sistema de almacenamiento definitivo propiamente dicho.
Modificaciones relevantes: A efectos del desmantelamiento, aquellas modificaciones
de diseño que se implanten en la instalación con anterioridad a la solicitud de la
autorización de su desmantelamiento y que puedan incurrir en dosis significativas
adicionales en el personal afectado por el futuro desmantelamiento de la instalación o en
un aumento significativo de la generación de residuos radiactivos. El Consejo de
Seguridad Nuclear podrá establecer, en Instrucciones Técnicas Complementarias o en
otros instrumentos, los criterios para determinar qué modificaciones de diseño deberán
ser consideradas relevantes para el futuro desmantelamiento de la instalación.
Cese de la explotación: la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico declarará el cese de la actividad para la que fue concebida la instalación,
iniciando el denominado periodo de cese de explotación y estableciendo las condiciones
a las que deban ajustarse las actividades a realizar en la instalación a partir de ese
momento, así como el plazo en que se deberá solicitar la autorización de
desmantelamiento, o de desmantelamiento y cierre.
Tercero.

Gestión y cultura de seguridad.

Responsabilidad.
3.1 Las previsiones para el desmantelamiento de una instalación nuclear o
radiactiva del ciclo del combustible nuclear deben ser contempladas ya desde el inicio de
su licenciamiento. El titular de la autorización de la instalación es el responsable de
adoptar las medidas necesarias para facilitar su futuro desmantelamiento seguro, tanto
en su fase de diseño y construcción, como durante las actividades de explotación.
Gestión del conocimiento y de la información.

Cuarto.

Objetivos a considerar durante las fases de diseño, construcción y explotación.

4.1 El titular deberá tener en cuenta el futuro desmantelamiento de la instalación
durante el diseño y la construcción de la instalación, así como en las modificaciones
relevantes que se realicen durante su explotación, con objeto de minimizar en lo posible
las dosis susceptibles de ser recibidas por el personal afectado por su futuro
desmantelamiento y la generación de residuos radiactivos.

cve: BOE-A-2022-856
Verificable en https://www.boe.es

3.2 El titular deberá asegurar un conocimiento y experiencia técnica suficiente
durante la vida de la instalación que permita un desmantelamiento seguro tras su cese
de explotación.
3.3 Durante las fases de diseño, construcción y explotación se identificará y
recopilará toda la información relevante para el futuro desmantelamiento de la
instalación, como por ejemplo: documentos y modificaciones de diseño previas a la
solicitud de desmantelamiento, registros sobre la vida operativa de la instalación,
incidentes y sucesos notificables, inventarios de radionucleidos, tasas de dosis y niveles
de contaminación, documentos de caracterización, acondicionamiento y almacenamiento
de las sustancias nucleares y de los residuos radiactivos generados o gestionados en la
instalación, etc.
3.4 El titular deberá asegurar que, antes del inicio del desmantelamiento, se hayan
inventariado todos los residuos radiactivos existentes en la instalación al final de su vida
operativa.
3.5 Los documentos y registros que contengan información necesaria para el
desmantelamiento de la instalación se considerarán registros permanentes y deberán ser
conservados durante toda la vida de la instalación y, en su caso, ser transferidos al titular
de la autorización de desmantelamiento de la misma.