III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-790)
Resolución de 4 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Nippon Gases España, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Martes 18 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 5007

Los referidos días de descanso habrán de disfrutarse y distribuirse en la siguiente
forma:
– Habrá de quedar garantizada una asistencia de un 60% de la plantilla en cada
departamento o centro de trabajo.
– En lo demás, se aplicarán los criterios señalados en el apartado anterior para las
vacaciones.
CAPÍTULO VI
Desplazamientos y dietas, licencias y excedencias
Artículo 44. Desplazamientos y dietas.
Los gastos originados por las personas trabajadoras que, por necesidad de la
Empresa, tengan que efectuar viajes o desplazamientos a poblaciones distintas de
aquellas en donde radique su centro de trabajo, correrán a cargo de la Compañía. Los
desplazamientos se realizarán según la Política de Viajes Corporativos vigente en cada
momento, donde se establece, entre otros, el listado de hoteles preferentes a utilizar, la
clase (turista, preferente…) autorizada en cada caso, la agencia de viajes homologada
para las reservas, el tipo de gastos permitidos, etc.
Una vez realizado el desplazamiento ajustándose a la Política de viajes corporativos,
se justificará el importe de los gastos realizados, presentando las facturas y/o tickets
correspondientes.
Alternativamente al sistema de viajes a gastos pagados, los trabajadores
pertenecientes a los grupos 1, 2, 3, 4 y 5 podrán optar por percibir una dieta por cada día
de viaje o desplazamiento, según la siguiente tabla:
Concepto

Importe/
euros

Dieta desayuno.

Desayuno.

Dieta comida.

Comida.

31,48

Dieta cena.

Cena.

22,14

Media dieta.

Cuando el desplazamiento al servicio de la Empresa supera
las doce horas continuadas, sin necesidad de pernoctar fuera
del domicilio habitual.

40,05

Cuando el desplazamiento al servicio de la Empresa supera
las veinticuatro horas continuadas, con pernocta, incluyendo:
Dieta completa sin
– Desayuno, comida y cena.
Hotel.
– Propinas y pequeños gastos.
– (El hotel correrá a cargo de la Compañía).

67,28

Cuando el desplazamiento al servicio de la Empresa supera
las veinticuatro horas continuadas, con pernocta, incluyendo:
– Desayuno, comida y cena.
– Habitación de Hotel.
– Propinas y pequeños gastos.

92,75

Dieta completa.

3,49

El precio por kilómetro realizado al Servicio de la Compañía en coche propio será
de 0,45 euros los primeros 10.000 kilómetros y de 0,38 euros para el resto.
La actualización de las cantidades arriba indicadas se efectuará en base a la
evolución del IPC en el año anterior.

cve: BOE-A-2022-790
Verificable en https://www.boe.es

Tipo de dieta