III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Modelos normalizados. (BOE-A-2022-788)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud de nacionalidad española por residencia en el ámbito del Ministerio de Justicia y se dictan instrucciones sobre su utilización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Martes 18 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 4914

SOLICITUD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA
A) INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL IMPRESO
GENERALES
 El documento deberá cumplimentarse a máquina o con letras mayúsculas, sin enmiendas ni tachaduras.
 No escribir en los espacios correspondientes a los recuadros punteados del inicio.
ESPECÍFICAS
1)

DATOS DEL INTERESADO
 Rellene los campos establecidos con los datos de la persona interesada en obtener la nacionalidad por
residencia.
 Nº de soporte (TIE): Si su documento es una tarjeta de extranjero, el número de soporte aparece en el
anverso y consta de 8 dígitos precedidos de la letra E. Si tiene menos de esos números tendrá que
completarlo a la izquierda con el número 0. Si su documento es un permiso de residencia, el número de
soporte aparece también en el anverso y consta de 8 dígitos precedidos de la letra E. Si tiene menos de
esos 8 números tendrá que completarlo a la izquierda con el número 0. Si el documento es un certificado
de registro de ciudadano de la Unión, en el documento consta un número, escriba ese número precedido
de la letra "C". Si este número tiene menos de 8 dígitos se puede completar con ceros a la izquierda. En
los certificados más antiguos, tamaño folio, el número de certificado (número de soporte) aparece en el
anverso.
 Nacionalidades que eximen del DELE: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador,
El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú,
Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
 Campos “Hijo de” e “Y de” se utilizarán para indicar los nombres de los padres.

2)

DOMICILIO DEL INTERESADO
 En el supuesto de que la localidad sea entidad inferior a municipio, se reflejará su denominación (concejo,
pedanía, aldea, barrio, parroquia, caserío, etc.), cuando sea necesario para su correcta identificación. Las
denominaciones se escribirán completas y sin abreviaturas.
 En el campo “correo electrónico” se podrá escribir en minúscula si así corresponde.

3)

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL
 Los campos se rellenarán con los datos de contacto del representante legal, que deberá ser una persona
física.

4)

DATOS DEL REPRESENTANTE CON MANDATO O PODER
 Rellenar igual que el anterior.
 Aquellas personas que actúen en representación del interesado en el ejercicio de una actividad que
requiera colegiación obligatoria estarán obligados a relacionarse con el Ministerio de Justicia a través de
medios electrónicos.

5)

DOMICILIO DE NOTIFICACIÓN
 Marque con una “X” la casilla correspondiente la persona destinataria de la notificación.
 Marque con una “X” la modalidad de notificación. Deberá seleccionar una de las dos opciones.
 En caso de consentir notificaciones electrónicas, para acceder al contenido del documento es necesario
disponer de sistema de autenticación de Cl@ve a través de Certificado Digital o DNI electrónico, Clave
PIN o Clave Permanente, asociado al DNI/NIE de la persona que figure como destinataria de las
notificaciones. Es conveniente, además, que cumplimente el apartado "correo electrónico" para tener la
posibilidad de enviarle un aviso (meramente informativo) cuando tenga una notificación pendiente.
SITUACIÓN DEL INTERESADO
 Marcar con una “X” la situación que corresponda.
 Caso general: personas que lleven 10 años de residencia legal en España.
 Plazo reducido de dos años recogido en el artículo 22.1 del Código Civil (dos años para los
nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial,
Portugal o Sefardíes).
 Nacido en territorio español: personas nacidas en territorio español que lleven al menos un año
de residencia en España legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

cve: BOE-A-2022-788
Verificable en https://www.boe.es

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