I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Organización. (BOE-A-2022-757)
Ley 9/2021, de 23 de diciembre, por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Martes 18 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 4622

Disposición final segunda. Modificación de los Estatutos de la Agencia de Innovación y
Desarrollo de Andalucía, aprobados por el Decreto 26/2007, de 6 de febrero.
El apartado 1 del artículo 9 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo
de Andalucía, aprobados por el Decreto 26/2007, de 6 de febrero, queda redactado
como sigue:
«1. El Consejo Rector estará formado por la persona titular de la Secretaría
General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, que lo preside, y por un
mínimo de tres y un máximo de cinco vocales, nombrados por el Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejería o de las
Consejerías a las que se halle adscrita la Agencia.»
Disposición final tercera.
orgánicas.

Modificaciones de decretos por los que se regulan estructuras

En el momento de la constitución efectiva de la Agencia Empresarial para la
Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y de la Agencia para la Calidad
Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) con la entrada en vigor de sus
Estatutos, aprobados por el Consejo de Gobierno, se llevará a cabo la modificación de
los decretos por los que se regulan las estructuras orgánicas de las Consejerías a las
que se encuentran adscritas en la actualidad las entidades que son objeto de integración
en la primera, con la finalidad de que se adecúen a las previsiones establecidas en la
presente ley.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, Andaluza de
Fomento del Emprendimiento.
Los artículos 6 y 7 de la Ley 3/2018, de 8 de mayo, Andaluza de Fomento del
Emprendimiento, quedan redactados como sigue:
«Artículo 6. Instrumentos.

a) Los centros andaluces de emprendimiento, instrumento de apoyo a las
iniciativas de emprendimiento, incluidos dentro de la nueva Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), que desarrollarán las
labores de fomento de la cultura y actividad emprendedoras conforme a los fines y
servicios definidos en la presente ley.
La distribución territorial de los distintos centros andaluces de emprendimiento
formará la red de puntos de apoyo al emprendedor como conjunto de unidades
para el asesoramiento y apoyo en la tramitación de los procedimientos
relacionados con la creación de la empresa y el inicio de una actividad económica.
Dicha actividad se llevará a cabo, principalmente, a través de una atención
personalizada de tutorización de los proyectos.
b) La red de incubadoras de empresas, red de centros y de infraestructuras
físicas para consolidar iniciativas empresariales, integrados en la nueva Agencia
Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE),
conectados a través de una plataforma digital que posibilitará el apoyo a los
proyectos. En esta red se podrán integrar, mediante convenios de colaboración,
dispositivos de otras administraciones y entes públicos, así como de agentes
económicos y sociales o entidades u organizaciones representativas.
2. El personal que forme parte de estos instrumentos recibirá formación
permanente que garantice la prestación de un servicio adecuado y personalizado

cve: BOE-A-2022-757
Verificable en https://www.boe.es

1. El sistema andaluz para emprender se estructura sobre los siguientes
instrumentos: